Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Universidad De Extremadura. Subvenciones. (2024060390)
Resolución de 28 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de Educación, Ciencia y Formación Profesional, de concesión directa de una subvención para financiar actuaciones de inversión en infraestructuras en los campus de la Universidad de Extremadura para la adecuación y mejora de sus instalaciones, a realizar durante 2023.
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Jueves 8 de febrero de 2024

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para la financiación de inversiones extraordinarias en la Universidad de Extremadura y desea
continuar apoyando las actuaciones en infraestructuras, con base en el Programa Operativo
FEDER Extremadura 2014-2020 y cuya cofinanciación se ejecuta con cargo al Fondo Europeo
de Desarrollo Regional (FEDER) contemplado en los Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para 2023, como ya ocurriera durante los años 2015, 2016, 2017,
2018, 2019, 2020, 2021 y 2022.
La Universidad de Extremadura es la única institución que presta el servicio público de enseñanza universitaria en la Comunidad Autónoma de Extremadura, por ello procede conceder
de forma directa, sin convocatoria previa, una subvención que le permita afrontar los gastos
en infraestructuras durante el año 2023.
D. Agustín García García, Vicerrector de Economía de la Universidad de Extremadura, presentó solicitud de concesión de subvención, con fecha de registro 24 de abril de 2023, para la
anualidad 2023, adjuntando al efecto: memoria descriptiva de las actuaciones a realizar, declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las causas de prohibición del artículo
12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y certificados en vigor de estar al corriente con la Hacienda (Estatal y Autonómica) y
con la Seguridad Social. Posteriormente, y con fecha de entrada de 19 de octubre de 2023,
el Vicerrector de Economía de la Universidad de Extremadura presenta una modificación de la
memoria descriptiva de las actuaciones a realizar.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Competencia.
La competencia para conceder la presente subvención está atribuida al Secretario General
de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura
en virtud del artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Dicha competencia se encuentra delegada en la Directora General
de Universidad, en virtud de la Resolución de 9 de agosto de 2023 de la Secretaría General,
sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma (DOE núm. 156, de
14 de agosto).
Por Resolución de 6 de noviembre de 2023 de la Consejera se designa a la titular de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional como suplente para el ejercicio de las
competencias, tanto originarias como delegadas, correspondientes a la Secretaría General de
la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional (DOE núm. 214, de 8 de noviembre). Mediante Resolución de 8 de noviembre de 2023 de la Secretaría General de Educación
y Formación Profesional se delega en la Dirección General de Universidad, las competencias
para conceder subvenciones (DOE núm. 218, de 14 de noviembre).