Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060343)
Resolución de 23 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad Valle de Ambroz en la prestación de información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica.
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NÚMERO 28
Jueves 8 de febrero de 2024

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Tercera. Financiación y compromisos económicos que asumen cada una de las
partes.
La financiación del presente convenio asciende a la cantidad ciento doce mil ciento catorce
euros con cuarenta y un céntimos (112.114,41 €), destinada a financiar los costes de personal y de funcionamiento de la prestación del servicio social de la Mancomunidad, conforme al
presupuesto que se detalla en el anexo de este convenio.
De acuerdo con la citada financiación, los compromisos económicos que asumen cada una de
las partes firmantes, serán los siguientes:
1. L
 a Junta de Extremadura a través de la Consejería de Salud y Servicios Sociales aportará a la financiación del presente convenio la cantidad de ciento diez mil novecientos
noventa y tres euros con veintisiete céntimos (110.993,27 €), correspondiente al 99
% de la financiación del mismo, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, en la aplicación presupuestaria
110030000/G/252B/46000/CAG0000001/20160094 “Servicios Sociales de Atención
Social Básica”, con fuente de financiación Comunidad Autónoma.
El presente convenio se tramita mediante tramitación anticipada, por lo que la aportación de la Junta de Extremadura queda sometida a la condición suspensiva de existencia
de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 para financiar las obligaciones derivadas del
convenio en el ejercicio 2024.
2. L
 a Mancomunidad aportará a la financiación del presente convenio la cantidad de mil
ciento veintiun euros con catorce céntimos (1.121,14 €) con cargo a los Presupuestos
de la Mancomunidad para el año 2024. Dicha cantidad corresponde a la diferencia hasta
alcanzar el 100% de la financiación del presente convenio.
Cuarta. Pago y justificación.
1. E
 l pago de la aportación de la Consejería de Salud y Servicios Sociales para la financiación
del convenio, condicionado a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente
en la anualidad 2024, se realizará a la Mancomunidad en la forma prevista en el Decreto
105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos de la
Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
a) Un primer 50 % de la cantidad aportada por la Consejería de Salud y Servicios Sociales al convenio. A efectos de realizar este abono, se procederá al reconocimiento de la
obligación y propuesta de pago, una vez formalizado el convenio, a partir del inicio del
plazo de vigencia del convenio previsto en la cláusula décima para que se proceda a su
ordenación y pago durante el primer cuatrimestre del ejercicio 2024.