Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060356)
Resolución de 28 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de establecimiento de zona de baño y zonas recreativas en La Muela, del término municipal de Pinofranqueado, cuyo promotor es el Ayuntamiento de Pinofranqueado. Expte.: IA21/0914.
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NÚMERO 26

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Martes 6 de febrero de 2024

Relación de consultas
Ayuntamiento de Pinofranqueado
Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
Sección de suelo no urbanizable y calificación urbanística de la Dirección
General de Urbanismo y Ordenación del Territorio
Servicio de Recursos Cinegéticos y Piscícolas. Dirección General de Gestión
Forestal, Caza y Pesca
Servicio de Infraestructuras del Medio Rural de la Dirección General de
Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia.

Respuestas recibidas
X
X
X

Ecologistas en Acción

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Adenex

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AMUS

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SEO-Bird/Life

-

Asociación Ecologistas Extremadura

-

Fundación Naturaleza y Hombre

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GREENPEACE

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El resultado de las contestaciones de las distintas administraciones públicas, se resume a
continuación:
— La Confederación Hidrográfica del Tajo, informa de los siguiente:
Actualmente, en este organismo de cuenca, se encuentra en tramitación el expediente
de referencia O-0262/2021 para la autorización del establecimiento de la zona de baños. En este expediente se ha dictado resolución de suspensión de la tramitación hasta
que se reciba el correspondiente informe ambiental.
En lo referente a zonas protegidas recogidas oficialmente en el PHT 2023-2027, el
área donde se van a desarrollar las actuaciones se encuentra en la zona protegida por
abastecimiento-Ríos “ES030ZCCM0000000436”.
En cuanto a aguas superficiales, según la cartografía consultada, la piscina natural se
encuentra en el río Esperabán.
Al respecto, en el presente informe se hacen a continuación una serie de indicaciones
en el ámbito de las competencias de esta Confederación, en concreto en lo relativo a
Dominio Público Hidráulico, Zona de Servidumbre y Zona de Policía, según lo dispuesto