Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060322)
Resolución de 11 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada, incluida su modificación sustancial, al proyecto de almazara, destilería y central hortofrutícola, cuya promotora es la Agrupación de Cooperativas Valle del Jerte, SCL, en los términos municipales de Valdastillas y Navaconcejo.
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NÚMERO 26
Martes 6 de febrero de 2024

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que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado
exterior.
— Licencia de obras otorgada por los Ayuntamientos de Navaconcejo o Valdastillas en su
caso.
- g - Vigilancia y seguimiento
Residuos producidos:
1. D
 e conformidad con el artículo 20 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular, el titular de la instalación industrial dispondrá
de un archivo físico o telemático donde se recoja por orden cronológico la cantidad, naturaleza, origen y destino de los residuos producidos; cuando proceda se inscribirá también,
el medio de transporte y la frecuencia de recogida. En el archivo cronológico se incorporará
la información contenida en la acreditación documental de las operaciones de producción
y gestión de residuos. Se guardará la información archivada durante, al menos, tres años.
Contaminación atmosférica:
2. S
 iempre que no se especifique lo contrario, el muestreo y análisis de todos los contaminantes y parámetros de proceso, así como los métodos de medición de referencia para calibrar
los sistemas automáticos de medición, se realizarán con arreglo a las normas CEN. En ausencia de las normas CEN, se aplicarán las normas ISO, las normas nacionales, las normas
internacionales u otros métodos alternativos que estén validados o acreditados, siempre
que garanticen la obtención de datos de calidad científica equivalente.
A pesar de este orden de prioridad, las determinaciones de gases de combustión realizadas
durante el seguimiento de las emisiones a la atmósfera se realizarán con arreglo a normas
de referencia que garanticen la obtención de datos de calidad científica equivalente a los de
las normas CEN, pudiéndose optar indistintamente por normas CEN, ISO, UNE,...
3. S
 e llevarán a cabo, por parte de un organismo de control autorizado (OCA) que actúe bajo
el alcance de su acreditación ENAC, controles externos de las emisiones de los contaminantes atmosféricos sujetos a control en esta Resolución para los focos descritos. La frecuencia
de estos controles externos será de uno cada cinco años para los focos de emisión.
4. E
 n los controles externos de las emisiones contaminantes, los niveles de emisión serán el
promedio de los valores emitidos durante una hora consecutiva. En cada control, se realizarán, como mínimo, tres determinaciones de los niveles de emisión medidos a lo largo
de ocho horas consecutivas, siempre que la actividad lo permita en términos de tiempo
continuado de emisiones y representatividad de las mediciones.