Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060310)
Resolución de 24 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental unificada del proyecto de unas balsas de evaporación de aguas oleosas procedentes de una fábrica de aderezo de aceitunas, promovido por SC Nuestra Señora de la Cabeza, en el término municipal de Fuente del Maestre.
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NÚMERO 25
Lunes 5 de febrero de 2024

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Residuos producidos:
2. E
 l titular de la instalación industrial deberá llevar un registro de la gestión de todos los
residuos generados.
3. E
 ntre el contenido del registro de residuos no peligrosos deberá constar la cantidad, naturaleza, identificación del residuo, origen y destino de los mismos.
4. E
 l contenido del registro, en lo referente a residuos peligrosos, deberá ajustarse a lo establecido en Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía
circular.
5. E
 n su caso, antes de dar traslado de los residuos peligrosos a una instalación para su valorización o eliminación deberá solicitar la admisión de los residuos y contar con el documento
de aceptación de los mismos por parte del gestor destinatario de los residuos.
6. A
 simismo, el titular de la instalación deberá registrar y conservar los documentos de aceptación de los residuos peligrosos en las instalaciones de tratamiento, valorización o eliminación y los ejemplares de los documentos de control y seguimiento de origen y destino
de los residuos por un periodo de cinco años. En cuanto a los aceites usados, se atenderá
también al cumplimiento de las obligaciones de registro y control establecidas en el Real
Decreto 679/2006, de 2 de junio.
Vertidos:
7. N
 o se establecen medidas adicionales a las que determine el Organismo de Cuenca en su
caso, y las establecidas de forma general en la presente AAU.
g) Medidas a aplicar en situaciones anormales de explotación que puedan
afectar al medio ambiente
Fugas, fallos de funcionamiento:
1. E
 n caso de incumplimiento de los requisitos establecidos en la AAU, el titular de la instalación industrial deberá:
a) Comunicarlo a la DGS en el menor tiempo posible, mediante correo electrónico o fax,
sin perjuicio de la correspondiente comunicación por vía ordinaria.
b) Adoptar las medidas necesarias para volver a la situación de cumplimiento en el plazo
más breve posible y para evitar la repetición del incidente.