Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060310)
Resolución de 24 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental unificada del proyecto de unas balsas de evaporación de aguas oleosas procedentes de una fábrica de aderezo de aceitunas, promovido por SC Nuestra Señora de la Cabeza, en el término municipal de Fuente del Maestre.
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NÚMERO 25
Lunes 5 de febrero de 2024

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RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental unificada del
proyecto de unas balsas de evaporación de aguas oleosas procedentes de
una fábrica de aderezo de aceitunas, promovido por SC Nuestra Señora de la
Cabeza, en el término municipal de Fuente del Maestre. (2024060310)
ANTECEDENTES DE HECHOS:
Primero. Con fecha de entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura de 15 de
febrero de 2013, SC Nuestra Señora de la Cabeza, con NIF ***0104**, solicitó autorización
ambiental unificada (AAU) del proyecto de unas balsas de evaporación de aguas oleosas
procedentes de una fábrica de aderezo de aceitunas en el término municipal de Fuente del
Maestre (Badajoz).
Segundo. El proyecto de las balsas de evaporación de aguas oleosas procedentes de una fábrica de aderezo de aceitunas de SC Nuestra Señora de la Cabeza está incluido en la categoría
9.1 del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, relativa a Instalaciones para la valorización o eliminación, en
lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I, correspondientes a los proyectos sometidos a autorización ambiental unificada.
Tercero. Las instalaciones se ubicarán en el polígono 55 parcela 6 del término municipal de
Fuente del Maestre (Badajoz). Siendo las coordenadas (HUSO 29 ETRS89): X: 722900.89 Y:
4271059.30.
Cuarto. Mediante anuncio de 23 de agosto de 2013, publicado en el DOE n.º 187, de 23 de
septiembre de 2013, el órgano ambiental dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos
23 del Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, comunicó al
público en general que la solicitud de la solicitud de la autorización ambiental unificada del
proyecto de las balsas de evaporación de aguas oleosas en el término municipal de Fuente del
Maestre podría ser examinada, durante el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día
siguiente al de la publicación del anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, sin que se haya
recibido alegación alguna.
Quinto. Mediante oficio de 23 de agosto de 2013, la Dirección General de Medio Ambiente
remitió al Ayuntamiento de Fuente del Maestre copia de la solicitud de AAU con objeto de que
este Ayuntamiento promoviera la participación real y efectiva de las personas interesadas en
el procedimiento de concesión de esta AAU mediante notificación por escrito a las mismas y,
en su caso, recepción de las correspondientes alegaciones. Asimismo, en el mismo escrito,