Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024060067)
Extracto de la Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la impartición de los programas formativos declarados estratégicos al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre, para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 25

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Lunes 5 de febrero de 2024

La cuantía individualizada de la subvención a conceder podrá alcanzar el 100 % de la
cuantificación de costes de impartición de las acciones formativas que de forma justificada
se haya previsto en el presupuesto del programa formativo calificado como estratégico
que fue presentado a los efectos de obtener tal calificación, debiendo estar dichos costes
debidamente desglosados por cada una de las acciones formativas que comprendan el
programa.
2. La cuantía total prevista inicialmente para el período de vigencia de la presente convocatoria asciende a 4.900.000,00 de euros, con cargo a la dotación asignada a la aplicación presupuestaria 130080000 G/242B/47000, siendo las fuentes de financiación tanto los fondos
de la Comunidad Autónoma de Extremadura (700.000.00 euros) como fondos procedentes
de los Presupuestos Generales del Estado (4.200.000 euros).
La financiación de las acciones incluidas dentro de la “Formación estratégica no incluida
en el catálogo de especialidades formativas”, está imputada al Fondo CAG0000001 y al
Proyecto 20220381 por un importe de 700.00,00 euros estratégica no conducente a certificados de profesionalidad en proyectos de empresa”, está imputada al Fondo TE24001002
y al Proyecto 20220369 por un importe de 2.100.000 euros.
La financiación de las acciones incluidas dentro de la “Formación estratégica conducente a certificados de profesionalidad en proyectos de empresa”, está imputada al Fondo
TE24008001 y al Proyecto 20220370 por un importe de 2.100.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo máximo de vigencia de la convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes, será
de un año a partir del día siguiente al que se publique en el Diario Oficial de Extremadura la
presente resolución de convocatoria y el extracto de la misma, conforme a lo previsto en el
artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sexto. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Diario
Oficial de Extremadura junto con la convocatoria, en la página web www.extremaduratrabaja.
juntaex.es, e igualmente se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad
de Subvenciones.
Mérida, 28 de diciembre de 2023.
Secretario General del Servicio Extremeño
Público de Empleo,
PD, Resolución de 14 de septiembre de 2023
(DOE n.º 180, de 19/9/2023),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO
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