Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060316)
Resolución de 23 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de prórroga y modificación al Convenio que fue suscrito el 11 de diciembre de 2020 entre la Secretaría de Estado de Turismo, la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación de Cáceres, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en el Valle del Ambroz-Cáparra.
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NÚMERO 24

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Viernes 2 de febrero de 2024

No obstante, la designación entre el personal de la EE.LL. ejecutante o la adjudicación
externa de la gerencia no se llevará a cabo hasta que se haya constituido la Comisión de
Seguimiento y ésta lo haya autorizado. La EE.LL. ejecutante podrá imputar los gastos
derivados del procedimiento de selección externa del gerente a los correspondientes
presupuestos del Plan, una vez adquiera eficacia el presente convenio.
5. E
 l plazo para la ejecución de las actuaciones será de 6 años, a computar desde la entrada en vigor del convenio, no pudiendo exceder la fecha de 12 de diciembre de 2026, sin
perjuicio de que la Comisión de Seguimiento supervise la ejecución de las actuaciones
en cada una de las reuniones.
6. C
 uando concurran circunstancias que lo aconsejen, a petición de la EE.LL. ejecutante,
la Comisión de Seguimiento podrá proponer la prórroga de los plazos de ejecución y
justificación de las anualidades por periodos de hasta doce meses, con una antelación
mínima de seis meses antes de la expiración del plazo a prorrogar.
Cuarta. Perfección de la adenda.
Esta adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una vez inscrita,
en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), sin perjuicio de
su publicación posterior en el “Boletín Oficial del Estado” (BOE) en el plazo de diez días hábiles
desde su formalización.
Quinta. Subsistencia del resto del convenio.
En todo lo no estipulado expresamente en la presente adenda se estará a lo establecido en
el convenio, el cual las partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma
parte integrante e inseparable.
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, las partes
firman la presente adenda a un solo efecto, en sus respectivas sedes y en las fechas indicadas
en las firmas electrónicas.

La Secretaria de Estado de Turismo,

La Consejera de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes,

DÑA. ROSA ANA MORILLO RODRÍGUEZ

DÑA. VICTORIA BAZAGA GAZAPO
El Presidente de
la Diputación Provincial de Cáceres,
D. MIGUEL ÁNGEL MORALES SÁNCHEZ

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