Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060314)
Resolución de 23 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de incorporación de la Comunidad Autónoma de Extremadura al Convenio de Colaboración en el ámbito de la Convocatoria RETECH (Redes Territoriales de Especialización Tecnológica) de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial entre entidades de las Comunidades Autónomas de Canarias, Cantabria, Murcia, la Comunidad Foral de Navarra y la SME Instituto Nacional de Ciberseguridad de España MP, SA (INCIBE), en el ámbito del Programa RETECH (Redes Territoriales de Especialización Tecnológica), y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia- financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.
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Viernes 2 de febrero de 2024

pueda calificarse de conflicto de intereses o de causa de abstención, y se compromete a
poner en conocimiento, sin dilación, cualquier situación de conflicto de intereses o causa de
abstención que dé, o pudiera dar lugar, a dicho escenario, y, así mismo, que es conocedor de
las consecuencias que pudieran derivarse de la falsedad de una declaración de ausencia de
conflicto de intereses.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para la firma de la presente adenda, en nombre de las entidades que representan y
EXPONEN
Que las Comunidades Autónomas de Canarias, Cantabria, Murcia y la Comunidad Foral de
Navarra e INCIBE tienen suscrito un Convenio de colaboración a fecha 6 de noviembre de
2023, que tiene por objeto la ejecución del PROYECTO CIBERREG-IMPULSO A LA CIBERSEGURIDAD DESDE LOS TERRITORIOS (“Proyecto CIBERREG”) presentado a la convocatoria del
Programa RETECH del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a través de
la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, que tiene como finalidad alinearse con estrategias y políticas regionales que tratan de impulsar la ciberseguridad en sus
territorios con el consiguiente crecimiento económico y social derivado de dichas acciones,
alineándose así con el Componente 15.I7 y el Componente 19.I4 del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en los términos recogidos en el citado convenio.
Por tanto, el objeto del mencionado Convenio es regular el alcance y tipo de actuaciones a
realizar por todas las partes en la ejecución del Proyecto, así como las obligaciones de carácter técnico y financiero que se fijan las partes para ello, y sin que su vinculación pueda ser
considerada una prestación de servicios técnicos o de cualquier otro tipo.
Las actuaciones a realizar consisten a modo enunciativo en las líneas siguientes:
— Línea de actuación 1: Centros de Ciberseguridad Regionales.


• Desarrollo de soluciones y servicios de elevado valor añadido en el ámbito de la Ciberseguridad (Componente 15).

— Línea de actuación 2: Fomento de ecosistema empresarial en Ciberseguridad.


• Desarrollo de soluciones y servicios de elevado valor añadido en el ámbito de la ciberseguridad (Componente 15).



• Surgimiento, crecimiento y desarrollo de nuevas empresas en este sector (Componente 15).