Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2024060282)
Resolución de 19 de enero de 2024, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Anexo a proyecto de línea aérea media tensión 20 kV, desde Fresnedoso de Ibor a Castañar de Ibor, en la provincia de Cáceres". Términos municipales: Fresnedoso de Ibor y Castañar de Ibor (Cáceres). Expte.: AT-8067-1.
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Jueves 1 de febrero de 2024

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— Tipo de línea: Subterránea, en simple circuito, por canalización directamente enterrada.
— Tensión de servicio: 20 kV.
— Tipo de conductor: HEPRZ1 12/20 KV 3x(1x240) mm2.
— Emplazamiento: Polígono 513 - Parcela 9008 (camino público) y Polígono 513 - Parcela
5406 del término municipal de Fresnedoso de Ibor; y Polígono 19 - Parcela 415 del término municipal de Castañar de Ibor.
Otras actuaciones:
— Desmontaje del tramo comprendido entre los apoyos 31 y 38 de la línea aérea instalada,
en una longitud de 1,050 Km y 8 apoyos (6 apoyos de hormigón y 2 de celosía).
— Desmontaje del apoyo instalado n.º 72, e instalación de suplementos de cabeza en los
apoyos n.º 71 y 73.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
— La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
— La empresa queda obligada a cumplir las condiciones establecidas por el órgano ambiental en la Resolución de 10 de septiembre de 2010, de la Dirección General de Evaluación
y Calidad Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, Expte.:
AT-8067 (DOE n.º 184, de 23/09/2010), y en la Resolución de fecha 18 de septiembre
de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, Expte.: IA23/0040 (DOE n.º 191, de 4/10/2023).