Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Política Agraria Comunitaria. Ayudas. (2024060299)
Resolución de 26 de enero de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y de la Secretaría General de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, por la que se convocan, para la campaña 2024/2025, la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras y regímenes en favor del clima y de medio ambiente (eco-regímenes), los pagos directos asociados a las personas agricultoras y a las personas ganaderas, los pagos establecidos en función del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura 2014-2022, la concesión y pago de las ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas y el pago de la segunda anualidad de determinadas intervenciones recogidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
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Miércoles 31 de enero de 2024

La cuantía del importe total de las intervenciones de este punto podrá aumentarse hasta
un 20 % de la cuantía inicial o hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento
sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre y cuando se respeten los compromisos adquiridos por los
beneficiarios, o bien podrán minorarse en función de las solicitudes presentadas y las disponibilidades presupuestarias existentes. También podrán redistribuirse dichos créditos.
A tales fines, podrán resolverse de forma independiente las distintas intervenciones y/u
operaciones de ayuda de cada convocatoria y realizarse el aumento o la redistribución de
las líneas pendientes de resolver.
A fin de poder atender lo establecido en el artículo 44. Pago a los beneficiarios del Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021
sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y por el que
se deroga el Reglamento (UE) n.º 1306/2013, los importes asignados para cada anualidad
podrán ser adelantados a la anualidad anterior.
3. L
 as ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas (6613 PEPAC)
por un importe de diecisiete millones novecientos mil euros (17.900.000,00 €), se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria, proyectos de gastos y anualidad siguiente:
LINEA DE AYUDA Y FUENTE DE
FINANCIACIÓN
Línea de Ayuda: PAGOS DE
COMPENSACIÓN PARA ZONAS DE
MONTAÑA (zona 1).

ANUALIDAD

APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA

PROYECTO
GASTO

IMPORTE (€)

2025

120040000 G/353A/47000

20230258

3.150.000,00

2025

120040000 G/353A 47000

20230259

12.650.000,00

2025

120040000 G/353A 47000

20230260

2.100.000,00

Fuente de financiación FR23711300.
Línea de Ayuda: PAGOS DE
COMPENSACIÓN PARA ZONAS
CON LIMITACIONES NATURALES
SIGNIFICATIVAS (zona 2).
Fuente de financiación FR23711300.
Línea de Ayuda: PAGOS DE
COMPENSACIÓN PARA ZONAS CON
LIMITACIONES ESPECÍFICAS (zona 3).
Fuente de financiación FR23711300.
TOTAL …………………. 17.900.000,00

Las asignaciones efectuadas a las distintas líneas tienen un carácter estimativo. No obstante, en ningún caso, se dejarán solicitudes que cumplan los requisitos sin subvencionar
para atender ayudas de otras líneas.