Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Política Agraria Comunitaria. Ayudas. (2024060299)
Resolución de 26 de enero de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y de la Secretaría General de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, por la que se convocan, para la campaña 2024/2025, la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras y regímenes en favor del clima y de medio ambiente (eco-regímenes), los pagos directos asociados a las personas agricultoras y a las personas ganaderas, los pagos establecidos en función del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura 2014-2022, la concesión y pago de las ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas y el pago de la segunda anualidad de determinadas intervenciones recogidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
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NÚMERO 22
Miércoles 31 de enero de 2024

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La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Consejería con competencia en
materia forestal para recabar de los organismos públicos competentes la información necesaria para comprobar los extremos referidos al cumplimiento de los requisitos y condiciones derivadas de la presente resolución, concretamente para que el órgano gestor pueda
recabar de oficio los certificados o informaciones necesarias que acrediten el cumplimiento
de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Hacienda autonómica y la Seguridad
Social, así como los datos de identidad del interesado mediante los servicios ofrecidos por
el Ministerio de Hacienda. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las referidas informaciones o certificaciones y las
actualizaciones que corresponda.
8. U
 na vez cumplimentados los formularios correspondientes a la presentación de la solicitud única, la aplicación informática generará el Formulario Normalizado, que será el único
documento que deberá ser firmado, presentado y registrado telemáticamente junto con la
documentación que en cada caso se determine, a través de la plataforma electrónica, dirigido a la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de Política
Agraria Común.
9. S
 e admitirán solicitudes de ayuda hasta la fecha de finalización del plazo de modificación
de la solicitud única de conformidad y en los términos establecidos en el apartado 3 del
artículo 108 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, en cuyo caso y a excepción
de los casos de fuerza mayor y circunstancias excepcionales, los importes se reducirán un
1 por ciento por cada día hábil en que se sobrepase la fecha de finalización del plazo de
presentación de la solicitud única. La reducción mencionada en este párrafo también será
aplicable respecto a la presentación de contratos o declaraciones y otros documentos o
justificantes que sean elementos constitutivos de la subvencionabilidad de la ayuda de que
se trate, según lo previsto en la normativa comunitaria.
10. E
 n el año en que se asignen derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad
incluido cuando proceda un incremento del valor de esos derechos, esa reducción será
de un 1 por ciento por cada día hábil en que se sobrepase dicha fecha para ese régimen
de ayudas. Si, la solicitud se presenta una vez finalizado el citado plazo, se considerará
inadmisible.
Cuarto. Plazo de resolución y notificación. Órganos competentes para la ordenación,
instrucción y resolución del procedimiento.
1. L
 a ordenación e instrucción del procedimiento de concesión y pago de las ayudas básica
a la renta para la sostenibilidad, ayuda redistributiva complementaria a la renta para la
sostenibilidad, ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agri-