Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Aprovechamientos Forestales. (2024060267)
Resolución de 23 de enero de 2024, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se modifica el periodo establecido para la ejecución de podas, apostados y resalveos previsto en el Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la realización de determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias Forestales y de Montes Protectores de Extremadura.
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Miércoles 31 de enero de 2024

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CONSEJERÍA DE GESTIÓN FORESTAL Y MUNDO RURAL
RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2024, de la Dirección General de Gestión
Forestal, Caza y Pesca, por la que se modifica el periodo establecido para la
ejecución de podas, apostados y resalveos previsto en el Decreto 134/2019,
de 3 de septiembre, por el que se regula la realización de determinadas
actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y los Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias Forestales y de Montes
Protectores de Extremadura. (2024060267)
El Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la realización de determinadas
actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias Forestales y de Montes Protectores de Extremadura, dispone en su anexo II “Declaraciones Responsables”, lo siguiente:
El periodo para realizar podas de formación, de producción de fruto o mantenimiento, apostados y resalveos, será del 1 de noviembre al 31 de marzo, ambas fechas inclusive; y para las
podas de ramoneo será del 1 de noviembre al 15 de abril, ambas fechas inclusive.
Igualmente, dicha disposición prevé que, por razones meteorológicas o a solicitud de las personas titulares, la Dirección General competente en materia de aprovechamientos forestales
podrá, mediante resolución motivada, suspenderlas, adelantar la fecha de comienzo o prorrogar la de finalización.
La evolución de las variables meteorológicas registradas en los últimos meses en Extremadura
está siendo inusual, dando lugar a una actividad vegetativa anticipada.
Por lo anterior, teniendo en cuenta que el Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, contempla la posibilidad de adelantar la fecha límite para la realización de las actividades citadas
anteriormente, junto al efecto beneficioso que supone actuar en parada vegetativa sobre las
especies forestales y su ciclo vital, es por lo que la Dirección General de Gestión Forestal,
Caza y Pesca,
RESUELVE:
Primero. Adelantar la fecha de finalización para la poda de formación, de producción de fruto
o mantenimiento, del apostado y del resalveo hasta el 28 de febrero de 2024.
Segundo. Adelantar la fecha de finalización para la poda de ramoneo hasta el 15 de marzo
de 2024.