Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060260)
Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina cuyo titular es José David Lara Caballero, en el término municipal de Puebla del Maestre.
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Miércoles 31 de enero de 2024

ni en suelos inundados o encharcados, ni antes de regar ni cuando el tiempo amenace
lluvia. No se aplicará de forma que causen olores u otras molestias a los vecinos, debiendo
para ello enterrarse, si el estado del cultivo lo permite, en un periodo inferior a 24 horas.
La aplicación de purín en las superficies agrícolas no podrá realizarse mediante sistemas
de plato o abanico ni cañones, salvo excepciones justificadas y previa autorización expresa
por parte de la autoridad competente.
Se dejará una franja de 100 m de ancho sin abonar alrededor de todos los cursos de agua,
no se aplicarán a menos de 300 m de una fuente, pozo o perforación que suministre agua
para el consumo humano, ni tampoco si dicha agua se utiliza en naves de ordeño. La distancia mínima para la aplicación sobre el terreno, respecto de núcleos de población será de
1.000 metros y de 200 respecto a otras explotaciones ganaderas.
- b - Producción, tratamiento y gestión de residuos
1. Los residuos peligrosos que se generarán por la actividad de la instalación industrial son
los siguientes:
RESIDUO

ORIGEN

Residuos cuya recogida y eliminación
son objeto de requisitos especiales
para prevenir infecciones

Tratamiento o prevención de enfermedades
de animales

18 02 02

Productos químicos que consisten en,
o contienen, sustancias peligrosas

Tratamiento o prevención de enfermedades
de animales

18 02 05

Envases que contienen restos de
sustancias peligrosas

Residuos de envases de sustancias utilizadas
en el tratamiento o la prevención de enfermedades de animales

15 01 10

(1)

CÓDIGO LER

(1)

LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de 2014.

2. L
 os residuos no peligrosos que se generarán con mayor frecuencia son los siguientes:
RESIDUO

ORIGEN

Papel y cartón

Residuos asimilables a los municipales

20 01 01

Plástico

Residuos asimilables a los municipales

20 01 39

Mezcla de residuos municipales

Residuos asimilables a los municipales

20 03 01

Residuos de construcción y

Operaciones de mantenimiento o nuevas

demolición

infraestructuras

Lodos de fosa séptica
Medicamentos distintos de los
especificados en el código 18
02 07

Residuos almacenados en fosa estanca
de aseos y servicios
Tratamiento o prevención de enfermedades de animales

CÓDIGO LER

17 01 07
20 03 04

18 02 08

(1)