Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060222)
Resolución de 17 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y Ambuvital Transporte Sanitario, SL, para el ciclo formativo de grado medio en Emergencias Sanitarias del IES de Llerena.
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NÚMERO 22
Miércoles 31 de enero de 2024

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CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y
AMBUVITAL TRANSPORTE SANITARIO, SL, PARA EL CICLO FORMATIVO DE
GRADO MEDIO EN EMERGENCIAS SANITARIAS DEL IES DE LLERENA
Mérida, 9 de enero de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Ilma. Sra. Doña María del Pilar Pérez García, Secretaria General de Educación
y Formación Profesional de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la
Junta de Extremadura, cargo para la que fue nombrada por Decreto 160/2023, de 2 de agosto
(DOE núm. 149, de 3 de agosto), actuando por suplencia de la persona titular de la Secretaría
General por Resolución de 6 de noviembre de 2023 publicada en el DOE núm. 214, de 8 de
noviembre, y en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 9 de agosto de
2023, de la Consejera (DOE núm. 156, de 14 de agosto), en representación de la Consejería
de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
Y de otra, la empresa Ambuvital Transporte Sanitario, SL, con CIF B06763486 y domicilio
en c/ Concejo 61, código postal 06600 Cabeza del Buey, Badajoz, con teléfono de contacto
_________, correo electrónico _________ y Don Vicente Vilaplana Parada, como representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Q
 ue el objetivo del presente Convenio es la colaboración entre las entidades a las que representan para el desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo.
2. Q
 ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Q
 ue el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional
Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.