Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo. (2024050009)
Orden de 23 de enero de 2024 por la que se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
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NÚMERO 22
Miércoles 31 de enero de 2024

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Por otra parte, los apartados 1 y 2 del artículo 1 del Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el
que se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura, establecen que el órgano competente para su aprobación es
el Consejo de Gobierno. No obstante, corresponderá al titular de la Consejería de Hacienda y
Administración Pública aprobar su modificación puntual en los supuestos que se determinan
en el artículo 2, siempre que no se superen los límites establecidos en el apartado 5 del artículo 1 del mencionado decreto.
Resulta asimismo de aplicación el artículo 3 del Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que
se establecen criterios para la elaboración, modificación o actualización de relaciones de puestos de trabajo; siendo además requisitos de la tramitación el estudio e informe previos de la
Comisión Técnica a que se refiere el artículo 5 del referido texto legal y la negociación con las
Centrales Sindicales en aquellas materias que sean objeto de negociación colectiva conforme
a la normativa vigente.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 94/1998, de 21 de julio, seguido
el procedimiento señalado en el Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen
criterios para la elaboración, modificación o actualización de relaciones de puestos de trabajo, previo estudio e informe de la Comisión Técnica de las Relaciones de Puestos de Trabajo,
habiendo sido objeto de negociación en la mesa correspondiente de la Junta de Extremadura,
con el correspondiente informe favorable en materia presupuestaria sobre el alcance económico de los cambios y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO:
Primero. Creación de puestos de trabajo de personal funcionario.
Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de
Hacienda y Administración Pública, según figura en el anexo I para la creación del puesto de
trabajo que en el mismo se incluye.
Segundo. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario.
Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de
Hacienda y Administración Pública, según figura en el anexo II para la modificación de los
puestos de trabajo que en el mismo se incluyen.
Tercero. Amortización de puestos de trabajo de personal funcionario.
Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, según figura en el anexo III para la amortización del puesto
de trabajo que en el mismo se incluye.