Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024060270)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad al aumento de los créditos de la convocatoria para el ejercicio 2023, de las subvenciones a entidades titulares de proyectos formativos calificados como estratégicos al amparo del procedimiento establecido en el artículo 9 del Decreto 121/2021, de 20 de octubre, según la Resolución de 30 de diciembre de 2022.
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Miércoles 31 de enero de 2024

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SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO
MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad al aumento
de los créditos de la convocatoria para el ejercicio 2023, de las subvenciones
a entidades titulares de proyectos formativos calificados como estratégicos al
amparo del procedimiento establecido en el artículo 9 del Decreto 121/2021,
de 20 de octubre, según la Resolución de 30 de diciembre de 2022. (2024060270)
BDNS(Identif.):672022
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número
25, de fecha 6 de febrero de 2023, Extracto de la Resolución de 30 de diciembre de 2022,
referido a la convocatoria para el ejercicio 2023 de las subvenciones destinadas a financiar
la impartición de los programas formativos declarados estratégicos al amparo del Decreto
121/2021, de 20 de octubre, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) con la identificación: 672022
Conforme a lo dispuesto en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, esta cuantía podrá aumentarse en función
de las disponibilidades presupuestarias, en los términos previstos en el artículo 39.4 de la
citada ley que establece que se actuará para las variaciones que pudieran producirse respecto
a las aplicaciones o proyectos presupuestarios, o cuantías previstas inicialmente en las convocatorias abiertas por concesión directa requerirá los mismos trámites y requisitos señalados
en el apartado 3) de este artículo, pero sin las limitaciones derivadas del artículo 23.2.h) de
la citada ley, “ ….exigirá la modificación previa del expediente de gasto, previo informe, de
la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal
de subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano al que corresponda
la aprobación de la convocatoria conforme al párrafo primero del artículo 23.1, en el que se
recojan de acuerdo con la modificación producida como quedarían los créditos totales de la
convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias”.
Dado que es necesario un aumento del importe de la convocatoria debido a que hay nuevas solicitudes de entidades titulares de proyectos formativos calificados como estratégicos,
conforme al procedimiento establecido en el artículo 9 del Decreto 121/2021, de 20 de octubre, por Acuerdo de Consejo de Gobierno de Extremadura y por Resolución del/la titular
de la Dirección Gerencia del SEXPE, que no pueden ser atendidas con los créditos disponible en la aplicación presupuestaria 130080000 G/242B/47000 Fondo CAG0000001, proyecto
20220381, al tratarse de programas formativos encuadrados en el proyecto “Formación estra-