Corporación Extremeña De Medios Audiovisuales. Procesos Selectivos. (2024080147)
Anuncio de 26 de enero de 2024 sobre convocatoria para provisión de la Dirección de Transformación Digital, Tecnologías y Sistemas de Información de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales.
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Miércoles 31 de enero de 2024

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CORPORACIÓN EXTREMEÑA DE MEDIOS AUDIOVISUALES
ANUNCIO de 26 de enero de 2024 sobre convocatoria para provisión de la
Dirección de Transformación Digital, Tecnologías y Sistemas de Información
de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales. (2024080147)
Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto la provisión del puesto de Dirección de Transformación Digital, Tecnologías y Sistemas de Información de la Corporación Extremeña de Medios
Audiovisuales (CEXMA), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 f) de la Ley 3/2008,
de 16 de junio, por la que se regula la empresa pública “Corporación Extremeña de Medios
Audiovisuales” y demás legislación vigente.
Bases.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 f) de la Ley 3/2008, de 16 de junio, que regula la
empresa pública “Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales” corresponde a la dirección
general “organizar la dirección de la Empresa Pública y de sus sociedades filiales y nombrar
con criterios de profesionalidad el personal directivo, informando previamente al Consejo de
Administración, así como acordar su cese”. De acuerdo con los principios rectores del sector
público a fin de acreditar la idoneidad de la persona candidata que haya de ser nombrada se
efectúa la presente convocatoria.
El puesto de trabajo que, forma parte del organigrama de dirección, se provee conforme a los
citados principios, sin perjuicio de aplicar la debida discrecionalidad técnica para conformar
los puestos de mando en cuanto que forma parte de la potestad de dirección de la empresa.
Los puestos de libre designación están fuera del ámbito de aplicación del convenio colectivo
de la empresa.
Al tratarse de un puesto de trabajo sobre el que existe la reserva legal del mismo, la contratación se realizará de forma interina mientras esta situación siga vigente..
Requisitos.
1) Podrán participar en la convocatoria las personas que dentro del plazo de presentación de
solicitudes reúnan los siguientes requisitos:
a) Cumplir las exigencias de capacidad para contratar establecidas en el artículo 7 del
texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado mediante el Real
Decreto-Legislativo 212015, de 23 de octubre.