Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060215)
Resolución de 17 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Fundación Iberdrola España para la realización de un Programa de Inmersión Lingüística dirigido al Profesorado de Extremadura.
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NÚMERO 21
Martes 30 de enero de 2024

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Segunda. Naturaleza.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo establecido en la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público y por sus estipulaciones,
quedando excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Asimismo, se regirá por la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, en aquellas disposiciones
aplicables al mismo.
A todos los efectos, la difusión de la participación de la Fundación Iberdrola España en el Programa no constituirá una prestación de servicios, sin que, en ningún caso, deba considerarse
persigue los fines del contrato de patrocinio publicitario regulado en el artículo 22 de la Ley
34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.
Tercera. Duración.
El presente convenio surtirá efectos desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de
2024. En cualquier momento, antes de la finalización del plazo mencionado, ambas partes
pueden acordar su prórroga mediante la suscripción de la correspondiente adenda.
Cuarta. Compromisos de las partes.
1. L
 a Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura
se compromete a:
a) Difundir la convocatoria del Programa mediante su comunicación, en la forma que estime oportuna.
b) Realizar la selección del profesorado participante en el Programa conforme a los procedimientos establecidos en el Anexo I, respetando los principios de transparencia e
igualdad.
c) Obtener las autorizaciones que correspondan.
d) Atender las solicitudes de información y aclaración que le curse la Fundación Iberdrola
España.
e) P
 roporcionar a la Fundación Iberdrola España el listado de participantes con una antelación mínima de 10 días naturales, con respecto al inicio del curso formativo correspondiente, según se pacte entre las partes.