Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2024040013)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación de la distribución de créditos correspondientes al Programa de incentivos 1: Adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, convocado mediante el Decreto 124/2021, de 27 de octubre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.
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Martes 30 de enero de 2024

La existencia de solicitudes de ayuda realizadas por entidades del sector público institucional
del Estado cuyas actuaciones van a suponer la adquisición de vehículos mediante los que se
realizará una actividad por la que se ofrecerá bienes y/o servicio en el mercado, supone que
les sería de aplicación el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión de 17 de junio en
lugar del Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de minimis.
En virtud de lo expuesto y teniendo en cuenta que, tras la modificación de créditos que se
propone, la concesión de las ayudas y el plazo de justificación correspondiente será en la
anualidad 2024, se precisa disponer en la aplicación presupuestaria G/333A/70000 de créditos suficientes en 2024 para imputar los gastos al número de BDNS correspondiente, en este
caso a la BDNS (Identif.): 597217 en lugar del BDNS (Identif.): 597216, quedando el resto de
créditos de la citada aplicación presupuestaria tal y como aparecen en la modificación publicada el pasado 10 de julio de 2023.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 39.3 y 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias, recogidas en la convocatoria inicialmente prevista, exige
anuncio del órgano que ha aprobado la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura de la
modificación efectuada. Considerando lo recogido en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20
de julio, por el que se modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 140, de 21 de
julio), la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible ostenta las competencias
en materia de industria, energía y minas de la extinta Consejería para la Transición Ecológica
y Sostenibilidad. Por ello, la competencia para acordar la distribución referida corresponde a la
Secretaria General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Por tanto, teniendo en consideración los créditos iniciales de la convocatoria del proyecto de
gasto 20210407, la modificación de los créditos publicada el 10 de julio de 2023, los créditos
ya comprometidos en las anualidades 2023 y 2024 con motivo de las resoluciones de ayudas
concedidas, así como la previsión de concesión de ayudas en el presente año a imputar a
2024, se procede a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la modificación del
extracto y anuncio de modificación de la distribución de créditos para el Programa 1, prevista
en el punto 9 de la disposición adicional única del Decreto 124/2021, de 27 de octubre, siendo
su desglose de conformidad a la simplificación de subconceptos establecida por la Ley 6/2022,
de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para el año 2023, el siguiente:
2023 (€)

2024 (€)

2025 (€)

Totales (€)

G/333A/70000

363.089,00

153.544,00

60.515,00

577.148,00

G/333A/70000*

0,00

28.000,00

0,00

28.000,00

Notas.:
(*)

Entidades integrantes del sector público estatal sujetas a Reglamento (UE) 651/2014 de Comisión Europea.