Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060254)
Resolución de 11 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Ibéricos Pinilla, CB, en el término municipal de Mérida (Badajoz).
48 páginas totales
Página
NÚMERO 19
5099
Viernes 26 de enero de 2024
Se dejará una franja de 100 m de ancho sin abonar alrededor de todos los cursos de agua,
no se aplicarán a menos de 300 m de una fuente, pozo o perforación que suministre agua
para el consumo humano, ni tampoco si dicha agua se utiliza en naves de ordeño. La distancia mínima para la aplicación sobre el terreno, respecto de núcleos de población será de
1.000 metros y de 200 respecto a otras explotaciones ganaderas.
- b - Producción, tratamiento y gestión de residuos
1. L
os residuos peligrosos que se generarán por la actividad de la instalación industrial son
los siguientes:
RESIDUO
ORIGEN
Residuos cuya recogida y eliminación
son objeto de requisitos especiales
para prevenir infecciones
Tratamiento o prevención de enfermedades
de animales
18 02 02
Productos químicos que consisten en,
o contienen, sustancias peligrosas
Tratamiento o prevención de enfermedades
de animales
18 02 05
Envases que contienen restos de
sustancias peligrosas
Residuos de envases de sustancias utilizadas en el tratamiento o la prevención de
enfermedades de animales
15 01 10
(1)
CÓDIGO LER
(1)
LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de 2014.
2. L
os residuos no peligrosos que se generarán con mayor frecuencia son los siguientes:
RESIDUO
ORIGEN
CÓDIGO LER
Papel y cartón
Residuos asimilables a los municipales
20 01 01
Plástico
Residuos asimilables a los municipales
20 01 39
Mezcla de residuos municipales
Residuos asimilables a los municipales
20 03 01
Residuos de construcción y demolición
Operaciones de mantenimiento o nuevas
infraestructuras
17 01 07
Lodos de fosa séptica
Residuos almacenados en fosa estanca de
aseos y servicios
20 03 04
Medicamentos distintos de los especificados en el código 18 02 07
Tratamiento o prevención de enfermedades
de animales
18 02 08
(1)
3. L
a gestión y generación de cualquier otro residuo no indicado en los apartados b.1 o b.2,
deberá ser comunicada a esta Dirección General de Sostenibilidad.
5099
Viernes 26 de enero de 2024
Se dejará una franja de 100 m de ancho sin abonar alrededor de todos los cursos de agua,
no se aplicarán a menos de 300 m de una fuente, pozo o perforación que suministre agua
para el consumo humano, ni tampoco si dicha agua se utiliza en naves de ordeño. La distancia mínima para la aplicación sobre el terreno, respecto de núcleos de población será de
1.000 metros y de 200 respecto a otras explotaciones ganaderas.
- b - Producción, tratamiento y gestión de residuos
1. L
os residuos peligrosos que se generarán por la actividad de la instalación industrial son
los siguientes:
RESIDUO
ORIGEN
Residuos cuya recogida y eliminación
son objeto de requisitos especiales
para prevenir infecciones
Tratamiento o prevención de enfermedades
de animales
18 02 02
Productos químicos que consisten en,
o contienen, sustancias peligrosas
Tratamiento o prevención de enfermedades
de animales
18 02 05
Envases que contienen restos de
sustancias peligrosas
Residuos de envases de sustancias utilizadas en el tratamiento o la prevención de
enfermedades de animales
15 01 10
(1)
CÓDIGO LER
(1)
LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de 2014.
2. L
os residuos no peligrosos que se generarán con mayor frecuencia son los siguientes:
RESIDUO
ORIGEN
CÓDIGO LER
Papel y cartón
Residuos asimilables a los municipales
20 01 01
Plástico
Residuos asimilables a los municipales
20 01 39
Mezcla de residuos municipales
Residuos asimilables a los municipales
20 03 01
Residuos de construcción y demolición
Operaciones de mantenimiento o nuevas
infraestructuras
17 01 07
Lodos de fosa séptica
Residuos almacenados en fosa estanca de
aseos y servicios
20 03 04
Medicamentos distintos de los especificados en el código 18 02 07
Tratamiento o prevención de enfermedades
de animales
18 02 08
(1)
3. L
a gestión y generación de cualquier otro residuo no indicado en los apartados b.1 o b.2,
deberá ser comunicada a esta Dirección General de Sostenibilidad.