Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060181)
Resolución de 17 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y Nexwell Power España Management, Sociedad Limitada, para la instalación de una solución renovable en el Instituto de Educación Secundaria San Roque de Badajoz.
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NÚMERO 18
Jueves 25 de enero de 2024

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Serán a cargo de Nexwell Power todos los gastos que se deriven de la donación y de la escritura pública. Dentro de dichos gastos se incluyen los tributos que pudieran corresponder a la
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional como sujeto pasivo de la donación
y de la escritura pública. En todo caso, corresponderán a dicha Consejería, las obligaciones
formales y materiales que deba asumir en su condición de sujeto pasivo.
La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional apoyará proactivamente tanto
la formalización de la donación ante el notario designado como en cuantos trámites sean requeridos para la legalización de la instalación a nombre de la Junta de Extremadura una vez
otorgada la escritura de donación.
El procedimiento de donación se realizará según lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley
2/2008, de 16 de junio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La aceptación del bien mueble por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional llevará
aparejada su incorporación al patrimonio de la Comunidad Autónoma y su afectación a la
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
La Consejería, si concurren los requisitos establecidos en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre,
de Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, emitirá el certificado que establece su artículo 24, por la donación irrevocable, pura y
simple recibida.
En ningún caso, una vez realizada la donación, se devolverán los bienes donados, aunque
concurra alguna de las causas que justifiquen la resolución del presente convenio.
Quinta. Compromisos económicos de las partes.
Nexwell Power correrá con todos los gastos económicos derivados de la ejecución, legalización
y donación de la instalación.
El IES se compromete a sufragar los costes relativos a las comunicaciones del sistema de
monitorización, así como la operación y mantenimiento de la instalación.
La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional no contribuye económicamente
en esta “Iniciativa”.
Sexta. Duración del convenio.
El presente Convenio tendrá vigencia por un período de cuatro (4) años desde su firma, prorrogables por cuatro (4) años adicionales, mediante acuerdo expreso de los firmantes, de
conformidad con el artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.