Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060180)
Resolución de 17 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura (FUNDESALUD), por la que se formaliza una transferencia específica para el desarrollo del proyecto de I + D "CARE4DIABETES", en el marco del Programa Europeo EU4HEALTH.
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Miércoles 24 de enero de 2024

En todos los supuestos de resolución del convenio, ambas partes establecerán, de mutuo
acuerdo, la forma de terminar las actuaciones en curso sin perjuicio de que la parte que se
considerase perjudicada pueda exigir el resarcimiento de los daños y perjuicios que se hubieren irrogado, incluido el abono de los intereses correspondientes.
Duodécima. Régimen jurídico y resolución de controversias.
El presente convenio por el que se formaliza una transferencia específica tiene naturaleza administrativa, estando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español
las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 6.2; así mismo está excluido
del ámbito de aplicación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 3.a) de la misma.
Este Convenio se regirá por lo pactado en sus estipulaciones y, en todos aquellos términos y
obligaciones que le sean de aplicación, por lo dispuesto en el Capítulo VI del Título Preliminar
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, al encontrarse
entre los tipos de Convenios recogidos por su artículo 47.2. De esta forma, en defecto de normas específicas, se aplicarán los principios de dicho texto legal para resolver dudas y lagunas
que pudieran producirse.
Asimismo, se regirá por lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre
de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023,
que establece el procedimiento a seguir para la formalización de una transferencia específica
mediante convenio suscrito por el titular de la sección presupuestaria a la que se encuentren
adscritos los créditos, tal como se desarrolla en el expositivo Sexto del presente Convenio.
Como consecuencia de la naturaleza administrativa señalada, las cuestiones litigiosas se resolverán en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Y en prueba de conformidad con el contenido del presente Convenio, las partes lo firman por
duplicado, en el lugar y fecha arriba indicados.

La Consejera de Salud y
Servicios Sociales,

El Director Gerente de
FUNDESALUD,

D.ª SARA GARCÍA ESPADA

D. JOSÉ LUIS GONZÁLEZ SÁNCHEZ