Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Sentencias. Ejecución. (2024060236)
Resolución de 16 de enero de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 133/2023, de 12 de diciembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz.
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NÚMERO 17

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Miércoles 24 de enero de 2024

Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa de la ejecución de
resoluciones judiciales, en el Real Decreto de Traspaso 1801/1999, de 26 de noviembre, sobre
traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma
de Extremadura, la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y el Decreto 237/2023, de 12 de septiembre, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, esta Secretaría
General de Educación y Formación Profesional,
RESUELVE:
Primero. Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia firme n.º 133/2023, de 12 de diciembre de 2023, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz,
con ocasión del procedimiento abreviado n.º 130/2023, llevando a puro y debido efecto el
fallo, cuya parte dispositiva dice:
“Que, estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto en nombre y representación de D. José Luis Torrente Martínez, contra la resolución de fecha 10 de mayo de 2023
del Secretario General de Educación de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de
Extremadura dictada en el expediente disciplinario n.º 15/2022, debo declarar y declaro la
nulidad de la misma, por no ser conforme a derecho, por haberse producido la caducidad
del procedimiento administrativo disciplinario, con los efectos inherentes a dicha declaración. Todo ello con imposición a la Administración demandada de las costas causadas en
este procedimiento hasta un máximo de 1.500 euros (mil quinientos euros), IVA incluido,
por todos los conceptos, a favor de la parte demandante”.
Segundo. Declarar la nulidad de la Resolución de la Secretaría General de Educación, de 10
de mayo de 2023, por la que se resuelve el expediente disciplinario n.º 15/2022, incoado a
D. José Luis Torrente Martínez.
Mérida, 16 de enero de 2024.
La Secretaria General de Educación y
Formación Profesional
PD, Resolución de 9 de agosto de 2023
(DOE n.º 156, de 14 de agosto),
MARÍA DEL PILAR PÉREZ GARCÍA

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