Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Solar. (2024060176)
Resolución de 15 de enero de 2024, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Valsolar Inversiones 2014, SL, para la instalación fotovoltaica "Vega de Botoa II", ubicada en el término municipal de Badajoz, e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/04/22.
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NÚMERO 17
Miércoles 24 de enero de 2024

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RESUELVE:
Conceder a la sociedad Valsolar Inversiones 2014, SL, con CIF B06670566, autorización administrativa previa de las instalaciones cuyas características principales son las que a continuación se indican:
Parcelas afectadas por la instalación de generación solar fotovoltaica: polígono 659, parcela 4, del término municipal de Badajoz.
Características de la instalación:


Nombre de la instalación: “Vega de Botoa II”.

Instalación solar fotovoltaica de 1.000 kW de potencia instalada, compuesta por 10
inversores de 100 kW cada uno y 2.750 módulos fotovoltaicos de 465 W cada uno,
montados sobre estructuras fijas.
Centros de transformación: 1 de 1.250 kVA- 0,8 kV/20 kV.
Línea de evacuación constituida por tramo subterráneo/aéreo 20 kV, de conexión entre
el centro de transformación de la planta fotovoltaica “Vega de Botoa II” y la línea que
soporta la evacuación “Fte_Nueva” propiedad de Edistribución Redes Digitales, SLU.
Recorrido línea: polígono 659, parcela 4, del término municipal de Badajoz.
Presupuesto total de ejecución material del proyecto: 455.759,66 €.
Finalidad: instalación de producción de energía eléctrica solar fotovoltaica e infraestructura eléctrica de evacuación asociada.
La autorización administrativa previa se otorga bajo las siguientes condiciones:
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento
de los condicionados que hayan sido establecidos por administraciones públicas, organismos,
empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos
particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia
municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras de las instalaciones.