Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060141)
Resolución de 11 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y la Asociación para la Atención y la Integración Social de las Personas con Discapacidad Física de Extremadura, para los ciclos formativos de Grado Superior en Proyectos de Obra Civil y en Proyectos de Edificación y de Grado Medio en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación del IES Ntra. Sra. de Bótoa de Badajoz.
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NÚMERO 16
Martes 23 de enero de 2024

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También podrá desarrollarse esta labor en el centro educativo cuando la asociación carezca
de espacios para tales usos, debiendo, en todo caso, ser la docencia impartida por personal
de la asociación. Esta colaboración no supondrá en ningún caso vinculación laboral con la administración educativa, así como ningún tipo de cesión patrimonial.
Será en el programa formativo donde se concrete la distribución horaria y jornada de participación de los estudiantes en el centro educativo y en las empresas, pudiéndose organizar por
días a la semana, por semanas, por quincenas o por meses.
Segunda. APAMEX se compromete al cumplimiento de la programación de las actividades
formativas que han sido acordadas con el IES Ntra. Sra. de Bótoa de Badajoz, a realizar su
seguimiento y la valoración del progreso del alumnado y, junto con el tutor o la tutora del
mencionado centro educativo, a la revisión de la programación, si una vez iniciado el mismo
y a la vista de los resultados, fuera necesario.
Tercera. APAMEX nombrará un responsable (tutor/a-coordinador/a) para la coordinación de
las actividades formativas a realizar en el centro de trabajo, que garantizará la orientación y
consulta del alumno o alumna, facilitará las relaciones con el Departamento de la Familia Profesional implicado del centro educativo, aportará los informes valorativos que contribuyan a la
evaluación y facilitará el acceso a la empresa para llevar a cabo las actuaciones de valoración
y supervisión del proceso.
Cuarta. APAMEX informará a los representantes de los trabajadores de la relación nominal de
estudiantes y del contenido del programa formativo (actividades, calendario, horarios y localización) que desarrollarán los alumnos y alumnas sujetos a este Convenio de colaboración.
Quinta. Cualquier eventualidad de accidente que pudiera producirse será contemplada a tenor
del Seguro Escolar, de acuerdo con la Reglamentación establecida por el Decreto 2078/1971,
de 13 de agosto.
No obstante lo anterior, la Consejería de Educación y Empleo suscribirá un seguro adicional
para mejorar indemnizaciones, cubrir daños a terceros o responsabilidad civil.
Sexta. La Administración educativa notificará al Área Funcional de Trabajo e Inmigración del
Ministerio Trabajo y Economía Social una copia del presente Convenio, y pondrá a su disposición en caso de que lo solicite la relación de alumnos y alumnas que, en cada período de
tiempo, estén llevando a cabo el programa formativo en la empresa colaboradora.
Séptima. La Administración educativa podrá proporcionar al tutor/a-coordinador/a y resto de
personal de la empresa colaboradora implicados en el proceso de formación y aprendizaje un
curso de formación sobre metodología docente y uso de plataformas docentes.