Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060165)
Resolución de 11 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Transformación en riego por goteo de 120,1659 ha de viña y olivar en la finca "Palomarejo" mediante concesión de aguas superficiales del Canal de Lobón", en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA21/0393.
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Lunes 22 de enero de 2024

permita una mejor o más adecuada protección del medio ambiente, respecto del
proyecto o actuación inicialmente sometido a evaluación de impacto ambiental.


2.3. C
 uando durante el seguimiento del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental se detecte que las medidas preventivas, correctoras o compensatorias son
insuficientes, innecesarias o ineficaces.

3. E
 l promotor podrá incluir modificaciones del proyecto, como cambios en las condiciones
de la concesión, aumento de la superficie de regadío, etc., conforme a lo establecido en
el artículo 86 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta
que el Órgano ambiental no se pronuncie sobre el carácter de la modificación, al objeto
de determinar si procede o no someter nuevamente el proyecto al trámite ambiental
oportuno.
4. L
 a presente declaración de impacto ambiental no podrá ser objeto de recurso, sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por
el que se autoriza el proyecto.
5. L
 a declaración de impacto ambiental del proyecto o actividad perderá su vigencia y cesará en la producción de sus efectos que le son propios si, una vez publicada en el Diario
Oficial de Extremadura, no se hubiera comenzado la ejecución del proyecto o actividad
en el plazo de cuatro años.
6. L
 a presente declaración de impacto ambiental se remitirá al Diario Oficial de Extremadura para su publicación, así como a la sede electrónica del órgano ambiental.
En consecuencia, vistos el estudio de impacto ambiental y los informes incluidos en el expediente; la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y demás legislación aplicable, la Dirección General de Sostenibilidad, a la vista
de la propuesta del Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático, formula
declaración de impacto ambiental favorable para el proyecto Transformación en riego por
goteo de 120,1659 ha de viña y olivar en la finca “Palomarejo” mediante concesión de aguas
superficiales del Canal de Lobón, a ejecutar en las parcelas 2, 15 y 16 del polígono 202 y parcelas 10, 12, 13, 14, 15, 18, 20 y 32 del polígono 201 en el término municipal de Badajoz, al
concluirse que no es previsible que la realización del proyecto produzca efectos significativos
en el medio ambiente siempre que se cumplan las condiciones y medidas preventivas, correctoras y compensatorias recogidas en la presente declaración de impacto ambiental y en la
documentación ambiental presentada por el promotor siempre que no entren en contradicción
con las anteriores.
Mérida, 11 de enero de 2024.
El Director General de Sostenibilidad,
GERMÁN PUEBLA OVANDO