Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Habilitación Profesional. (2024060164)
Resolución de 8 de enero de 2024, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se establece el calendario de exámenes a celebrar durante el año 2024 para la obtención de los carnés y habilitaciones profesionales en distintas especialidades de instalador, mantenedor, reparador y operador, reguladas en los reglamentos de seguridad industrial en vigor.
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NÚMERO 14
Viernes 19 de enero de 2024

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las normas UNE relacionadas en la ITC-ICG 11, correspondientes a las ITC-ICG exigibles
a esta categoría de instalador, de entre las señaladas para la prueba teórica del instalador categoría A.
— Práctica: Lo señalado en los apartados 2.1.2 y 2.1.3 para el instalador de categoría B en
el anexo 1 de la ITC-ICG 09.
2.3. Examen instalador de gas categoría C:
— Teórica: Los conocimientos teóricos y de reglamentación señalados en los apartados
3.1.1 y 3.2 del anexo 1 de la citada ITC-ICG 09. Además, en cuanto a reglamentación,
las normas UNE relacionadas en la ITC-ICG 11, correspondientes a las ITC-ICG exigibles
a esta categoría de instalador, de entre las señaladas para la prueba teórica del instalador de categoría A.
— Práctica: Lo señalado en los apartados 3.1.2 y 3.1.3 para el instalador de categoría C en
el anexo 1 de la ITC-ICG 09.
3. D
 ocumentación que deberá acompañar a la solicitud:
— Justificante del abono de tasas por derecho de examen.
Profesional de instalaciones térmicas en los edificios.
1. R
 equisitos para el acceso al examen.
Para poder acceder al examen para la obtención del carné profesional de instalaciones térmicas en edificios, las personas físicas deben acreditar las siguientes condiciones:
a. Ser mayor de edad.
b. H
 aber recibido y superado un curso teórico y práctico de conocimientos básicos y otro
sobre conocimientos específicos en instalaciones térmicas de edificios, impartido por
una entidad reconocida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, con la
duración y el contenido indicados en los apartados 3.1 y 3.2 del apéndice 3 del RITE (RD
1027/2007 y modificaciones posteriores).
c. Acreditar una experiencia laboral de, al menos, tres años en una empresa instaladora o
mantenedora como técnico.
2. Examen:
Examen sobre los contenidos que se indican en los apartados A 3.1 y A 3.2 del apéndice 3
del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RD 1027/2007 y modificaciones
posteriores).