Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060156)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de cebadero de terneros, cuyo titular es José Guijarro Macías, en el término municipal de Barcarrota.
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NÚMERO 13
Jueves 18 de enero de 2024



iii. Lámina de Geotextil.



iv. Lámina de PEAD de 1,5 mm mínimo.



v. Cuneta en todo su perímetro.

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vi. Cerramiento perimetral.


vii. Se dispondrá de certificado de calidad emitido por la empresa encargada de su
construcción.

La frecuencia de vaciado de la balsa ha de estar en torno a los 4-5 vaciados anuales y
siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad. No obstante, cada 3 meses como máximo deberán vaciarse, momento que se aprovechará para la comprobación del estado de
la instalación, arreglando cualquier deficiencia en caso de una evaluación desfavorable de
la misma. El volumen retirado será tratado y gestionado mediante la aplicación del mismo
como abono orgánico.
4. La explotación dispondrá de un estercolero ubicado en una zona protegida de los vientos
con una capacidad de 42 m3. Esta infraestructura consistirá en una superficie estanca e
impermeable, con sistema de recogida de lixiviados conectado a fosa de purines. Se deberá
cubrir el estercolero mediante la construcción de un cobertizo o una cubierta flexible (plástico), impidiendo de este modo el acceso de pluviales al interior del cubeto.
El estercolero deberá vaciarse antes de superar los 2/3 de su capacidad. No obstante, cada
15 días como máximo deberá retirar su contenido, momento que se aprovechará para el
mantenimiento de esta infraestructura, comprobando que se encuentra en condiciones
óptimas, y reparando cualquier deficiencia en caso de una evaluación desfavorable de la
instalación.
5. E
 n la aplicación de los estiércoles sólidos y licuados como abono orgánico en superficies
agrícolas, se tendrán en cuenta las siguientes limitaciones:
• La aplicación total de kilogramos de nitrógeno por hectárea y año (kg N/ha×año) será
inferior a 170 kg N/ha×año en regadío, y a 80 kg N/ha×año en cultivos de secano. Las
aplicaciones se fraccionarán de forma que no se superen los 45 kg N/ha por aplicación
en secano y los 85 kg N/ha en regadío.
• No se harán aplicaciones sobre suelo desnudo, se buscarán los momentos de máxima
necesidad del cultivo, no se realizarán aplicaciones en suelos con pendientes superiores
al 10%, ni en suelos inundados o encharcados, ni antes de regar ni cuando el tiempo
amenace lluvia. No se aplicará de forma que causen olores u otras molestias a los ve-