Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060156)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de cebadero de terneros, cuyo titular es José Guijarro Macías, en el término municipal de Barcarrota.
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NÚMERO 13
Jueves 18 de enero de 2024

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b) Copia de la licencia de obra, edificación e instalación en caso de que hubiera sido
preceptiva.
- h- Vigilancia y seguimiento
Estiércoles:
1. La explotación deberá disponer de Libro de Gestión del Estiércol en el que se anotarán,
con un sistema de entradas (producción) y salidas (abono orgánico, gestor autorizado de
estiércol), los distintos movimientos del estiércol generado por la explotación. En cada
movimiento figurarán: cantidad, contenido en nitrógeno, fecha del movimiento, origen y
destino, especificándose las parcelas y el cultivo en que este estiércol se ha utilizado.
2. El Plan de Aplicación Agrícola de Estiércoles será de carácter anual, por lo que, cuando la
Dirección General de Sostenibilidad lo estime conveniente, y de cualquier modo antes del
1 de marzo de cada año, deberá enviarse esta documentación.
Residuos:
3. De conformidad con la Ley 7/2022, de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para
una economía circular, el titular de la instalación industrial dispondrá de un archivo físico o
telemático donde se recoja por orden cronológico la cantidad, naturaleza, origen y destino
de los residuos producidos; cuando proceda se inscribirá también, el medio de transporte y
la frecuencia de recogida. En el Archivo cronológico se incorporará la información contenida
en la acreditación documental de las operaciones de producción y gestión de residuos. Se
guardará la información archivada durante, al menos, tres años.
4. Antes de dar traslado de los residuos a una instalación para su valorización o eliminación
deberá solicitar la admisión de los residuos y contar con el documento de aceptación de los
mismos por parte del gestor destinatario de los residuos.
5. Asimismo, el titular de la instalación deberá registrar y conservar los documentos de aceptación de los residuos en las instalaciones de tratamiento, valorización o eliminación y los
ejemplares de los documentos de control y seguimiento de origen y destino de los residuos
por un periodo de cinco años.
Vertidos:
6. E
 n relación con la vigilancia de la afección de las aguas, junto con la documentación a entregar en el certificado del acta de puesta en servicio, el titular de la instalación propondrá
y justificará la ubicación de pozos testigos que permitan estudiar la evolución de la calidad
de las aguas subterráneas y la no afección de éstas debido a fugas de lixiviados o de in-