Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Pymes. Ayudas. (2023040389)
Decreto 288/2023, de 27 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme extremeña a través de su mejora competitiva, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 13
Jueves 18 de enero de 2024

CÓDIGO CIP

0661723

3871

SOLICITUD DE AYUDA PARA LA PUESTA EN
MARCHA DEL PROGRAMA PARA LA
CONSOLIDACIÓN Y CRECIMIENTO DE LA PYME
EXTREMEÑA A TRAVÉS DE SU MEJORA
COMPETITIVA. “CONSOLIDAPYME”

10. COMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las administraciones públicas podrán recabar o
verificar los datos que a continuación se relacionan. Si manifiesta su oposición a que el órgano gestor efectúe dicha comprobación,
deberá indicarlo marcando la casilla correspondiente y aportando en cada caso el documento solicitado.
ME OPONGO a que se pueda recabar de oficio a la Tesorería General de la Seguridad Social, informes de vida laboral de todas las
cuentas de cotización de la empresa, correspondientes al periodo de los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la
solicitud de ayuda, salvo que la empresa tenga una antigüedad inferior a doce meses, en cuyo caso deberá referirse desde que se
produjo el alta en la Seguridad Social. Por lo que APORTO dichos informes expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social.
ME OPONGO a que se pueda consultar de oficio en la RED SARA la copia simple del poder de representante legal (únicamente en el
caso de que el poder de representante legal se haya elevado a público ante notario a partir del 5 de junio de 2014). Por lo que APORTO
los poderes de representación de la empresa.
10.1. AUTORIZACIÓN EXPRESA PARA COMPROBACIÓN DE DATOS.
De acuerdo a lo dispuesto en la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa
a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos que modifica el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria, las Administraciones Publicas podrán recabar o consultar de oficio los datos que a continuación se relacionan,
previa autorización expresa del interesado. Para ello, deberá indicar el sentido de su consentimiento marcando la casilla
correspondiente.
Hacienda Estatal
AUTORIZO que se solicite y recabe de otros organismos públicos el certificado acreditativo del cumplimiento de las obligaciones
tributarias con la Hacienda Estatal.
NO AUTORIZO que se solicite y recabe de otros organismos públicos el certificado acreditativo del cumplimiento de las obligaciones
tributarias con la Hacienda Estatal, APORTANDO por ello certificado correspondiente que acredita el cumplimiento de las obligaciones
tributarias con la Hacienda Estatal.
Epígrafes IAE
AUTORIZO que se pueda recabar de oficio los datos relativos a las altas en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
NO AUTORIZO que se pueda recabar de oficio los datos relativos a las altas en el Impuesto sobre Actividades Económicas,
APORTANDO certificado emitido por la Agencia Tributaria que acredita los epígrafes de IAE en los que se encuentra dada de alta la
empresa solicitante.
Seguridad Social
AUTORIZO que se solicite y recabe de otros organismos públicos el certificado acreditativo del cumplimiento de las obligaciones
tributarias con la Seguridad Social.
NO AUTORIZO que se solicite y recabe de otros organismos públicos el certificado acreditativo del cumplimiento de las obligaciones
tributarias con la Seguridad Social, APORTANDO por ello certificado correspondiente que acredita el cumplimiento de las obligaciones
tributarias con la Seguridad Social.
Hacienda Autonómica
AUTORIZO que se solicite y recabe de los datos que acrediten que el solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
NO AUTORIZO que se solicite y recabe de los datos que acrediten que el solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, APORTANDO por ello certificado correspondiente que acredita el cumplimiento de las
obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

11. SOLICITA
La concesión de una subvención a fondo perdido en los términos señalados en el Decreto 288/2023, de 27 de diciembre, de puesta en marcha
del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la Consolidación y Crecimiento de la Pyme extremeña a través de su Mejora Competitiva.