Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Pymes. Ayudas. (2023040389)
Decreto 288/2023, de 27 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme extremeña a través de su mejora competitiva, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 13
Jueves 18 de enero de 2024

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optimización de la gestión de los procesos y una mejora en la competitividad de
la empresa, o que sea requisito necesario por exigencias del mercado internacional o del sector.


2. No se considerará subvencionable la adaptación de una norma previamente implantada y certificada en la empresa, ni la implantación y certificación de una norma o
sistema que ya hubiese sido subvencionado anteriormente por parte de la Junta de
Extremadura en los cinco años anteriores a la presentación de la solicitud, salvo que
se acredite que la nueva norma a implantar y certificar es para otra actividad diferente a la ya subvencionada anteriormente, en cuyo caso tendría carácter subvencionable sin ninguna limitación temporal.



3. Además de lo anterior, para que un proyecto tenga carácter subvencionable, deberá
contener la implantación y la certificación de la norma o protocolo.



4. Serán subvencionables los gastos de consultoría externa especializada, que acredite
disponer de experiencia y equipo técnico cualificado en la norma o sistema a implantar, lo cual debe acreditarse en la Memoria a presentar junto a la solicitud, conforme
al modelo establecido en el anexo II, relacionando en el mismo la realización de
trabajos anteriores de naturaleza similar, y gastos de certificación o verificación realizada por entidad acreditada en la norma, sistema o estándar de que se trate.



5. Se subvencionará el 80 % de la inversión subvencionable Dicha inversión subvencionable tendrá un límite de 6.000 euros (IVA excluido), por norma o sistema, excepto
para proyectos de certificación de la Norma ISO 9001 y Norma ISO 14001 en los que
el límite se establece en 4.000 euros (IVA excluido) por proyecto, salvo que sea una
implantación integrada de ambas normas, en cuyo caso el límite será de 6.000 euros
(IVA excluido).



Si en el proyecto se contemplase la implantación de dos o más normas, excepto
cuando se trate de la combinación de la ISO 9001 y la ISO 14001, que integren procesos comunes el límite se amplía a 9.000 euros (IVA excluido).

c. Implantación de herramientas tecnológicas avanzadas.


1. Se subvenciona el desarrollo e implantación de Soluciones Tecnológicas avanzadas
dirigidas a posibilitar una mayor eficiencia y optimización en la gestión de los procesos de una empresa, basadas en las siguientes herramientas:



1. E
 RP (Planificación de Recursos Empresariales).