Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Pymes. Ayudas. (2023040389)
Decreto 288/2023, de 27 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme extremeña a través de su mejora competitiva, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 13
Jueves 18 de enero de 2024



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15. Entornos de Inteligencia para el fomento de la compra presencial en establecimientos comerciales, tales como el desarrollo e implementación de Entornos de
Inteligencia que fomenten, propicien y enriquezcan la experiencia de compra
presencial, sistemas de Localización en Tiempo Real, Análisis de Datos en establecimiento, Kioscos Interactivos y Pantallas Digitales o creación de Ambientes
Conectados y Personalizados.



16. Sistemas de Reto Logístico y Aplicación de Tecnología de Cadena de Suministro
Inteligente.



17. Y en general, cualquier tipo de desarrollo a medida de proyectos basados en la
Inteligencia Artificial orientados a la optimización empresarial para la mejora de
la competitividad, así como otras aplicaciones de naturaleza similar orientadas
al desarrollo e implementación de soluciones de digitalización o que introduzcan
mejoras en el sistema de gestión, así como en los procesos productivos, no incluidas en los apartados anteriores y que la empresa justifique que resulten más
adecuadas a sus características particulares.



2. S
 e considerarán subvencionables:



a. Gastos de colaboraciones externas, por parte de consultoría especializada necesaria para la implantación de la solución tecnológica, lo cual debe acreditarse en la
Memoria a presentar junto a la solicitud, conforme al modelo que se establezca en
la convocatoria, relacionando en la misma la realización de trabajos anteriores de
naturaleza similar, incluida, en su caso, la formación asociada al uso de la misma.

b. Adquisición de licencias, incluidas las de programas antivirus, siempre que los
gastos sean emitidos y facturados directamente, sin intermediarios, por parte de
las empresas licenciatarias de las mismas. Si el desarrollo del proyecto se sustenta en la suscripción periódica de licencias resultaría subvencionable el coste para
un plazo máximo de 12 meses.


c. Gastos de contratación de servicios de alojamiento “en la nube” por un periodo
máximo de 12 meses, que, en su caso, fuese necesario conforme a las características del proyecto.



d. Adquisición de las herramientas hardware, entendidas como elementos y dispositivos físicos asociados, específicos, de uso exclusivo y necesario para el correcto
funcionamiento y operatividad del proyecto, quedando excluidos aquellos que
pudieran ser susceptibles de usos distintos a este. No será subvencionable la