Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2024060081)
Resolución de 8 de enero de 2024, de la Consejera, sobre la legalidad de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Badajoz -adaptados a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre-, la inscripción de la misma en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
80 páginas totales
Página
NÚMERO 12
Miércoles 17 de enero de 2024

3403

tación estatutaria, aprobada por su Junta General, en sesión celebrada el 20 de diciembre
de 2022, adjuntándose también los preceptivos Certificados del Consejo General de Colegios
Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de España, de fecha 18 de mayo de 2023,
del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Badajoz, de fecha 23 de mayo
de 2023, y del Consejo de Colegios Profesionales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de
Extremadura, de fecha 17 de mayo de 2023.
Sexto. Con fecha 19 de diciembre de 2023, se emite –por el Jefe de Sección de Asociaciones,
Colegios y Fundaciones del Servicio de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales
(Secretaría General) de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de
Extremadura– informe de legalidad respecto del nuevo texto de la modificación-adaptación
de los Estatutos del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Badajoz, concluyendo –en su fundamento de derecho cuarto– que “la modificación-adaptación de los Estatutos del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Badajoz, aprobada por su
Junta General en sesión celebrada el 20 de diciembre de 2022, e informada –favorablemente–
tanto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de
España como por el Consejo de Colegios Profesionales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos
de Extremadura, es ajustada al ordenamiento jurídico vigente, adaptándose plenamente a
las modificaciones de la Ley 11/2002, introducidas por la Ley 4/2020, una vez atendidas –e
incorporadas– en el texto modificado acordado por el referido Colegio todas aquellas observaciones de legalidad, de adaptación a la ley o estructurales (o de redacción) formuladas en el
anterior Informe de Legalidad, de fecha 13-10-2021, conforme al tenor de lo expresado en los
puntos d), g), j) y n) del apartado 2.1 y en los puntos f) y g) del apartado 2.2 del fundamento
de derecho segundo del presente informe, resultando procedente su inscripción en el Registro
de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, y su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura”.
Séptimo. Con fecha 21 de diciembre de 2023, la Secretaria General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura ha emitido Propuesta de resolución –favorable– a la declaración conforme a la legalidad de la modificación de los Estatutos
del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Badajoz –y su adaptación a la
Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de
Extremadura, conforme a las modificaciones introducidas en la misma por la Ley 4/2020,
de 18 de noviembre–, la inscripción de la misma en el Registro de Colegios Profesionales y
Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, y la publicación –en el Diario Oficial de
Extremadura– del texto íntegro de los citados Estatutos del Colegio Oficial de Aparejadores y
Arquitectos Técnicos de Badajoz.