Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Transformación Digital. Subvenciones. (2024060087)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Desarrollo Rural, de concesión directa de una subvención a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Badajoz, para el desarrollo del programa "Competencias Digitales para la Ciudadanía en Espacios con Especiales Dificultades Demográficas", en las anualidades 2024, 2025 y 2026, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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NÚMERO 12
Miércoles 17 de enero de 2024

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— La plataforma debe integrar herramientas y recursos necesarios para gestionar, administrar, organizar, diseñar, impartir y evaluar acciones formativas. Su estructura debe
ser clara, facilitando y fomentando un empleo intuitivo y sencillo de la misma, acercando al usuario el proceso de enseñanza y aprendizaje. Concretamente, debe disponer de
las siguientes herramientas:


• Herramientas de seguimiento de las acciones formativas, control del progreso y mecanismos de evaluación del alumnado.



• Herramientas de administración de la acción formativa.



• Herramientas de desarrollo, gestión e integración de contenidos.



• Herramientas que potencian la colaboración y la comunicación entre el alumnado, tanto
de forma asíncrona (foros, tablones, correo…) como síncrona (chat, videoconferencia…)
lo que permita la interacción del alumnado tanto en tiempo real como en diferido.

— Disponer de un sistema que permita de forma automática realizar un seguimiento y
control de las acciones formativas impartidas a fin de auditar la actividad de los centros
y entidades de formación y evaluar la calidad de las acciones formativas. (Protocolos de
conexión SOAP).
— Niveles de accesibilidad e interactividad que cumplen las prioridades 1 y 2 de la Norma
UNE 139803:2012 o posteriores actualizaciones, según lo estipulado en el Capítulo III
del Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre.
— Disponer de un servicio de atención técnica a los usuarios que proporcione soporte técnico y que de forma estructurada resuelva las consultas e incidencias técnicas del alumnado. Dicho servicio deberá estar disponible en horario de mañana y de tarde, desde el
inicio hasta la finalización de la acción formativa, estando accesible mediante teléfono y
mensajería electrónica, no pudiendo superar un tiempo máximo de respuesta a 48 horas.
— El servidor de la plataforma de teleformación deberá cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de
carácter personal, debiendo el proveedor identificar la localización física del servidor y
el cumplimiento de lo establecido sobre transferencias internacionales de datos en los
artículos 33 y 34 de dicha Ley Orgánica y en el Título VI del Reglamento de desarrollo
de la misma, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.
— Incorporar la imagen institucional que resulte pertinente.