Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Transformación Digital. Subvenciones. (2024060088)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Desarrollo Rural, de concesión directa de una subvención a la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Cáceres, para el desarrollo del programa "Competencias Digitales para la Ciudadanía en Espacios con Especiales Dificultades Demográficas", en las anualidades 2024, 2025 y 2026, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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NÚMERO 12
Miércoles 17 de enero de 2024

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Noveno. Plazo de ejecución.
El plazo de ejecución de las actuaciones de las actividades subvencionadas será desde el 1 de
enero de 2024 hasta el 31 de mayo de 2026. 
En el plazo de un mes a contar desde la notificación de la Resolución de concesión, la Cámara
de Comercio de Cáceres deberá aportar la Memoria Técnica de Planificación indicada en la
Actuación 1 del resuelvo sexto de la presente resolución, y que se detalla en el Anexo IV.
Décimo. Pago de la subvención.
El pago se efectuará mediante transferencia bancaria en la cuenta facilitada por el beneficiario a estos efectos. Con carácter general, el pago de esta subvención se hará efectivo de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General
de Hacienda Publica de Extremadura.
La Cámara de Comercio de Cáceres deberá aceptar la resolución de concesión de subvención
mediante escrito dirigido a la Dirección General de Desarrollo Rural, en el plazo máximo de
diez días a contar desde la notificación de ésta; una vez aceptada la subvención concedida, se
procederá a tramitar la orden de pago a la entidad beneficiaria, no obstante, si transcurre el
plazo establecido sin haberla aceptado expresamente, se entenderá que renuncia a la misma.
Previamente a cada uno de los pagos de la subvención, la entidad beneficiará deberá acreditar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la
Hacienda Estatal, Hacienda Autonómica y frente a la Seguridad Social.
Una vez dictada la resolución, el pago de la subvención se hará efectivo de la siguiente forma:
• Un primer pago por importe de 622.641,95 €, que se hará efectivo en 2024, una vez
aceptada, previamente, la concesión de la subvención por parte de la Cámara de Comercio de Cáceres, y una vez entregada y validada por la Dirección General de Desarrollo
Rural, la memoria técnica de planificación a la que hacen referencia el resuelvo sexto de
la resolución (Actividad 1).
• Un segundo pago, por importe de 889.488,50 €, que se hará efectivo en 2025, una vez
se haya justificado el logro del 100% del hito correspondiente al primer pago (2.662
ciudadanos formados).
• Un tercer pago por importe de 266.846,55 €, que se hará efectivo en 2026, una vez se
haya justificado el logro del 100% del hito correspondiente al pago anterior (3.804 ciudadanos formados).