Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Teatro. Ayudas. (2024060161)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a la programación de artes escénicas y de música en la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 12
Miércoles 17 de enero de 2024

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Teatros y otros espacios escénicos con el fin de sufragar los gastos para la financiación de la
contratación de espectáculos de artes escénicas y musicales en Extremadura incluidos dentro
de su programación y permitir dinamizar, movilizar y gestionar la cultura al mayor número de
posibles beneficiarios en la región, facilitando la distribución y exhibición de las producciones
de teatro, música, danza y circo.
Segundo. Régimen jurídico.
La convocatoria de estas ayudas se rige por lo previsto en el capítulo III del Decreto 155/2018,
de 18 de septiembre, por el que se crea la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la programación de artes escénicas y de música (DOE n.º 187, de 25 de septiembre de 2018), por lo
establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, e igualmente por las disposiciones de carácter básico contenidas en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás disposiciones básicas del
Estado.
Tercero. Beneficiarios y requisitos de los mismos.
1. P
 odrán ser beneficiarios de las ayudas a la programación todos los municipios de Extremadura que formen parte de la Red de Teatros y otros espacios escénicos de conformidad con
lo establecido en el capítulo I del Decreto 155/2018, de 18 de septiembre.
2. L
 os solicitantes de las ayudas deberán además cumplir los siguientes requisitos:
— Estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y no tener
deudas con la Hacienda Autonómica.
— No estar incursos en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Gastos subvencionables.
1. Se considera gasto subvencionable el coste necesario para la contratación de los espectáculos incluidos en la relación de empresas y espectáculos incorporados a la oferta de programación y que se corresponde con el caché artístico. Los gastos deben estar realizados y
ejecutada la gestión de los mismos (emisión de facturas y documentos contables de valor
probatorio equivalente) dentro del período de ejecución establecido para cada uno de los
procedimientos, por lo que las justificaciones o facturas de gastos deben llevar fecha comprendida en este periodo de tiempo.