Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Transformación Digital. Subvenciones. (2024060089)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Desarrollo Rural, de concesión directa sin convocatoria, de una subvención a Cooperativas Agroalimentarias, Unión Coop., para la financiación de actuaciones de capacitación digital en el ámbito del cooperativismo agroalimentario extremeño, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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NÚMERO 12
Miércoles 17 de enero de 2024



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4. Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación
de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos. Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará
de manera gradual sin dilación indebida.

10. El Encargado asistirá al Responsable con toda la información de la que disponga, a realizar la comunicación de las violaciones de la seguridad a los interesados, cuando sea
probable que dicha violación suponga un alto riesgo para sus derechos y libertades.
11. El Encargado, a petición del Responsable, comunicará en el menor tiempo posible,
con toda la información de la que disponga, la violación de la seguridad de los datos a
los interesados, cuando sea probable que la violación suponga un alto riesgo para los
derechos y las libertades de las personas físicas. La comunicación debe realizarse en
un lenguaje claro y sencillo y deberá incluir los elementos que en cada caso señale el
Responsable y, como mínimo:


a. La naturaleza de la violación de datos.



b. Indicación de contacto del Responsable o del Encargado donde se pueda obtener
más información.



c. Posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.

d. Medidas adoptadas o propuestas por el Responsable para poner remedio a la
violación de la seguridad, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para
mitigar los posibles efectos negativos.
12. Poner a disposición del Responsable toda la información necesaria para demostrar el
cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las
inspecciones que realicen el Responsable u otro auditor autorizado por él.
13. Implantar las medidas de seguridad técnicas y organizativas necesarias para garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los
sistemas y servicios de tratamiento. Las medidas de seguridad mínimas se recogen en
el apartado “Medidas de seguridad mínimas a aplicar por el Encargado.
B.2) Obligaciones del responsable.


Corresponde al Responsable:



• Proporcionar al Encargado los datos necesarios para que pueda cumplir la resolución.