Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060109)
Resolución de 10 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación y ampliación del plazo de ejecución del Convenio por el que se formaliza la transferencia específica de carácter plurianual a favor la Fundación FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura para financiar la creación, equipamiento y puesta en marcha del Centro Ibérico de I+D en Almacenamiento de Energía (CIIAE).
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Miércoles 17 de enero de 2024

Segunda. Modificación de las cláusulas del convenio.
Uno. Cláusula segunda.
La cláusula segunda, relativa a la financiación, queda redactada como sigue:
“La financiación del proyecto, a favor de la Fundación FUNDECYT-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura con NIF G06630644, se llevará a cabo a través de una transferencia específica de carácter plurianual, por un importe global para el total de las anualidades de cinco millones de euros (5.000.000,00 €), con cargo al Proyecto “FUNDECYTParque Científico y Tecnológico de Extremadura: CNIAE” y Aplicación presupuestaria
140020000/331b/G/74406/20220178/CA, con el siguiente desglose por anualidades:
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

2022

2023

140020000/331B/G/74406/20220178/
CAG0000001

2.500.000

1.250.000

13006000/331B/G/74400/20220178/
CAG0000001

2024

2025

1.000.000

250.000

”.

Dos. Cláusula Tercera, punto 2.
El punto 2, de la cláusula tercera, relativa a Actuaciones y Gastos asociados queda redactada
como sigue:
“2. Sólo se considerarán subvencionables aquellos gastos que estén directamente relacionados con el desarrollo de la actuación objeto del presente convenio y que resulten
estrictamente necesarios para su realización.
Todos los gastos deberán estar ejecutados y pagados entre el 1 de enero de 2022 y el
30 de junio de 2026, ambos incluidos, sin perjuicio de que los pagos correspondientes
a la última justificación puedan realizarse durante el periodo de justificación, esto es,
hasta el 30 de septiembre de 2026”.
Tres. Cláusula Cuarta, punto 3.
El punto 3 de la cláusula Cuarta, Pago y justificación, queda redactada como sigue:
“3. La justificación final de las actuaciones realizadas durante toda la vigencia del convenio
se podrá presentar hasta el 30 de septiembre de 2026.
No obstante, previo informe favorable de la Comisión de Seguimiento, Fundecyt, mediante escrito dirigido al órgano gestor, podrá renunciar, siempre que esté suficientemente
motivado, al último pago del 25%, correspondiente a la cuarta anualidad. Presentada