Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Información Pública. (2024080003)
Anuncio de 27 de diciembre de 2023 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de explotación avícola de gallinas de puesta en suelo, promovido por Ignacio Cabañas Ramírez, en el término municipal de Fuente del Maestre (Badajoz).
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NÚMERO 12
Miércoles 17 de enero de 2024

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ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

ANUNCIO de 27 de diciembre de 2023 por el que se pone a disposición del
público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización
ambiental unificada del proyecto de explotación avícola de gallinas de puesta
en suelo, promovido por Ignacio Cabañas Ramírez, en el término municipal
de Fuente del Maestre (Badajoz). (2024080003)
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley
3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica
al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto
de explotación avícola, promovido por Ignacio Cabañas Ramírez en el término municipal de
Fuente del Maestre (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde
el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en la sede electrónica, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible, avda. Valhondo, s/n., Módulo II, 2.ª planta.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será
remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de
solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos
aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de
la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 14.6 del Decreto
77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución
de la presente solicitud es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de
la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015,
la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean
obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias
urbanísticas.