Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060048)
Resolución de 8 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU, para financiar la realización del Plan de internacionalización y financiación a la I+D+i empresarial para el periodo 2023-2024.
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NÚMERO 11
Martes 16 de enero de 2024

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La ayuda en especie a abonar a los beneficiarios será determinada en función de los gastos incurridos en la ejecución del servicio de esta actividad. Las categorías de gastos, que
guardarán una relación directa con las operaciones, serán fijadas en las bases reguladoras.
Beneficiarios: Empresas extremeñas, especialmente pymes, y otros agentes del SECTI.
Entregables: Se elaborará un informe detallado al respecto de la comunicación realizada y
las acciones llevadas a cabo que será incluida en la memoria anual y en la memoria final
de justificación.
Temporalización: En el marco temporal del presente Convenio/ Adenda y nunca de que
se hayan publicado las bases reguladoras, en función de los tiempos de convocatorias y
necesidades identificadas por las empresas participantes.
RECURSOS NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PLAN DE INTERNACIONALIZACIÓN
Y FINANCIACIÓN A LA I+D+I EMPRESARIAL:
1. R
 ecursos Humanos:
Para la correcta ejecución del Plan de Internacionalización y Financiación a la I+D+i, la
empresa pública dispone de un equipo multidisciplinar con gran experiencia y dilatada trayectoria en el tratamiento, asesoramiento, acompañamiento empresarial y funcionamiento
de la I+D+i a nivel regional, nacional e internacional; para desarrollar las actuaciones y
actividades reflejadas en este documento.
Las relaciones laborales del personal adscrito al Plan de Internacionalización y Financiación
a la I+D+i Empresarial son competencia de la empresa y se desarrollarán en el ámbito de
aplicación del “II convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante, S.L.U. y sus
sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente” (Resolución de
18 de julio de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción
en el Registro de Convenios de Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del II Convenio Colectivo de la Empresa
Extremadura Avante, S.L.U., y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente; en adelante Convenio Colectivo Extremadura Avante), o sucesivos
convenios colectivos o sus modificaciones; y en todo lo no previsto en el citado Convenio
colectivo, se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones
legales o reglamentarias que resultasen de aplicación.
La jornada laboral del personal adscrito al Convenio será la de jornada completa de treinta
y siete horas y media (37,5 horas) semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo