Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio. Ayudas. (2023064416)
Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2024 de las ayudas para el fomento del asociacionismo comercial.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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c) El órgano instructor y de ordenación del procedimiento recabará de oficio la justificación de estar al corriente el interesado de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad
Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica si consta la autorización expresa
del mismo en las casillas que se ofrecen al efecto en el modelo de solicitud, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En caso contrario, deberá el solicitante
presentar, junto con la solicitud, las certificaciones acreditativas correspondientes.
Asimismo, el resto de los certificados, informes u otros datos que hayan de aportarse
según el modelo de solicitud de ayuda deberán ser presentados por el interesado en
el caso de que se hubiese opuesto a que la Administración actuante consultase o recabase dichos documentos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
d) La justificación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la
condición de beneficiario y de reunir los requisitos establecidos en la normativa vigente
para obtener la subvención solicitada, así como la declaración de las ayudas públicas solicitadas para la misma actividad, se efectuará mediante declaración expresa y responsable dirigida al órgano gestor de las ayudas, según el modelo que figura en el anexo V
de la presente resolución.
4. Toda la documentación complementaria tales como modelos normalizados de solicitud, de
declaraciones, etc., estarán a disposición de las entidades solicitantes en
https://juntaex.es/temas/empresas.
5. La presentación de la solicitud acompañada de la documentación requerida, se hará a
través de medios electrónicos y se realizará a través del Registro Electrónico General, de
la Sede electrónica de la Junta de Extremadura https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf e irán dirigidas a la Secretaría General de Economía, Empresa y
Comercio.
Para la presentación de solicitudes, los interesados deberán disponer para la autentificación
y para la firma electrónica de las mismas, de certificado electrónico en vigor, y si no se
dispone del mismo se podrá obtener en http://www.cert.fnmt.es
6. Las comunicaciones en todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento y las notificaciones de los actos administrativos, de conformidad con lo establecido en el artículo
43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se practicarán por medios electrónicos y, en todo caso, cuando