Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio. Ayudas. (2023064416)
Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2024 de las ayudas para el fomento del asociacionismo comercial.
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Lunes 15 de enero de 2024

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RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por
la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2024 de las
ayudas para el fomento del asociacionismo comercial. (2023064416)
De acuerdo con las prescripciones contenidas en el Decreto 158/2018, de 2 de octubre (DOE
núm. 196, de 8 de octubre de 2018), por el que se establecen las bases reguladoras de las
ayudas para el fomento del asociacionismo comercial, con la finalidad de apoyar a las asociaciones de comerciantes para que puedan optimizar sus recursos propios y promover la contratación de personal para una gestión más directa y profesional, todo ello orientado a poner
en valor las ventajas del asociacionismo haciendo más visible los beneficios que aporta a los
socios, se emite la presente resolución en atención a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 8 de octubre de 2018, se publicó́ en el DOE número 196, el Decreto
158/2018, de 2 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para
el fomento del asociacionismo comercial.
Segundo. El referido decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas
para el sostenimiento de los gastos de estructura y de funcionamiento de las asociaciones de
comerciantes. Con ello se pretende apoyar a las asociaciones de comerciantes para que puedan optimizar sus recursos propios y promover la contratación de personal para una gestión
más directa y profesional, todo ello orientado a poner en valor las ventajas del asociacionismo
haciendo más visible los beneficios que aporta a los socios.
Tercero. Con la presente resolución, se da continuidad a las ayudas para el fomento del asociacionismo comercial, efectuando la convocatoria correspondiente al ejercicio 2024.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para dictar la presente Resolución, corresponde a la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital,
en razón de las competencias atribuidas, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 23.1 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura al establecer que el procedimiento para la concesión de subvenciones se inicia siempre
de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución del titular de la secretaria general
competente.
Segundo. Según lo previsto en el artículo 5 del citado decreto, el procedimiento de concesión
de las ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria
periódica. De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de mar-