Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2023064557)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin fin de lucro, para el desarrollo de proyectos de normalización dirigidos a personas con discapacidad, financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024



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• Descripción del procedimiento de intervención que se llevará a cabo para la ejecución del proyecto.



• Herramientas de evaluación y seguimiento del proyecto.



• Descripción de la duración del proyecto.



• Recursos materiales necesarios. Recursos con los que disponga la entidad para la
ejecución del proyecto.



b) Contratación de personal titulado y personal de atención directa durante la totalidad
de la ejecución del proyecto, cuyas funciones serán las establecidas en el Convenio
Colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad en
vigor, justificándose la necesidad de su participación en el proyecto presentado y la
titulación necesaria para el desarrollo del mismo, en el caso de no poder especificar
una titulación, se tendrá que hacer referencia al perfil profesional más adecuado,
hasta un máximo de 6 puntos:



• En el desarrollo del proyecto interviene personal titulado con, al menos, 5 horas
semanales y personal de atención directa con un mínimo de 16 horas semanales.
Sus funciones se justifican en el proyecto: 6 puntos.



• En el desarrollo del proyecto interviene personal titulado con al menos, 3 horas
semanales y personal de atención directa con un mínimo de 16 horas semanales.
Sus funciones se justifican en el proyecto: 5 puntos.

• En el desarrollo del proyecto interviene personal titulado con un mínimo de 12
horas semanales, pero no interviene personal de atención directa: 4 puntos.


• En el desarrollo del proyecto interviene personal de atención directa con un mínimo de 16 horas semanales, pero no interviene personal titulado. Sus funciones se
justifican en el proyecto: 3 puntos.

En el caso de proyectos de información a la población, las proporciones detalladas anteriormente tenidas en cuenta para valorar este criterio se dividirán por la mitad.
2.ª Fase de Valoración. Los proyectos que hayan obtenido la puntuación mínima exigida
para la primera fase de valoración pasarán a una segunda fase, en la que serán valorados
conforme a los siguientes criterios y ponderación que a continuación se relacionan:


a) Actividades y tareas a realizar, se valorarán en función de los siguientes ítems, valorándose cada uno de ellos, según su contenido, hasta un total máximo de 15 puntos: