Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2023064557)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin fin de lucro, para el desarrollo de proyectos de normalización dirigidos a personas con discapacidad, financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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En el caso de ausencia justificada o conflicto de intereses de las personas que componen
la Comisión de Valoración, por parte de la Dirección Gerencia se procederá a nombrar a los
sustitutos de los mismos, mediante resolución que será publicada en el DOE.
3. La Comisión de Valoración podrá requerir la asistencia de técnicos responsables de la gestión de los distintos servicios cuando así se estime conveniente.
4. La persona titular de la Jefatura de Unidad de Gestión de Programas Asistenciales del
SEPAD, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, formulará la
propuesta de resolución, debidamente motivada. Dicha propuesta no podrá separarse del
informe de la Comisión de Valoración.
5. L
 a concesión de subvenciones será resuelta y notificada por la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia en el plazo máximo de tres meses contado a partir del día de la publicación de
la resolución de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. La falta de notificación
de la resolución expresa legitima a la entidad interesada para entenderla desestimada por
silencio administrativo. Frente a la resolución expresa del procedimiento, que pone fin a
la vía administrativa, la entidad interesada podrá interponer recurso de reposición ante la
persona titular de la Dirección Gerencia del SEPAD en el plazo de un mes, contado a partir
del día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses
a computar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 8,14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contenciosa administrativa.
6. L
 a notificación de los actos administrativos necesarios para la tramitación del procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se realizará
mediante comparecencia en la sede electrónica de la Junta de Extremadura.
Complementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el apartado anterior y únicamente a efectos informativos, el solicitante recibirá un aviso en la
dirección de correo electrónico que conste en la solicitud de ayuda, mediante el cual se le
indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a través del
apartado habilitado a tal efecto en la sede electrónica, http//sede.juntaex.es, de la Junta
de Extremadura.