Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Continua. Subvenciones. (2023064542)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones destinadas a la realización de programas de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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ANEXO IV. (Continuación)
Declaración sobre la existencia de otras subvenciones para la misma acción formativa.
Declaración responsable de que la entidad no ha sido sancionada por infracción administrativa grave
o muy grave en materia de formación profesional para el empleo que conlleve sanción administrativa
de exclusión del acceso a subvenciones a ayudas, o certificado negativo expedido por la autoridad
laboral.
Certificados originales de hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias con el
Estado, con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura y frente a la Seguridad Social,
en el caso de que la entidad no autorice expresamente a que el órgano gestor consulte o recabe los
mismos de oficio.
b) Documentación técnica:
Programa de formación a desarrollar por la entidad solicitante con el contenido mínimo exigido en
las bases reguladoras de las subvenciones.
Cualquier otra documentación que la entidad estime de interés a efectos de valorar la solicitud y que
tengan relación con los criterios de valoración de las solicitudes recogidos en las bases reguladoras
de las subvenciones.
DATOS BANCARIOS PARA EL PAGO:
Número de cuenta en activo en el sistema de terceros por la que solicita cobrar la subvención (*)
ENTIDAD FINANCIERA:
IBAN ENTIDAD SUCURSAL
DC
NUMERO CUENTA
(*) Si la cuenta no está en alta, deberá realizar dicho trámite utilizando el formulario “alta de terceros” disponible en
la sede electrónica de la Junta de Extremadura.

OPOSICIÓN A QUE EL SEXPE CONSULTE DE OFICIO DATOS Y DOCUMENTOS:
A efectos de lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el/la solicitante:
SE OPONE a que el SEXPE compruebe los datos de identidad del/la solicitante y, en su caso,
representante, de acuerdo con los datos de identificación que obren en sus archivos, bases de datos u otros
fondos documentales o mediante los servicios ofrecidos por el Ministerio prestador del Servicio de
Verificación y Consulta de Datos de Identidad (SVDI).
SE OPONE a que el SEXPE obtenga copia simple del poder notarial de representación de la
entidad/empresa solicitante, mediante Código Seguro de Verificación (CSV) (únicamente en el caso de que
el poder de representación se haya elevado a público ante notario).
SE OPONE a que el SEXPE compruebe la escritura pública o documento de constitución y/o los
estatutos debidamente legalizados, según proceda, debidamente inscritos en el registro correspondiente, a
través de redes corporativas, consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas
electrónicos habilitados al efecto.