Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Continua. Subvenciones. (2023064542)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones destinadas a la realización de programas de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
79 páginas totales
Página
NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024



— Del 25 % al 49,9 % de horas de teleformación: 2 puntos.



— Resto de programas: 0 puntos.

2809

B) C
 apacidad acreditada de la entidad solicitante para desarrollar el programa presentado.
Este criterio tendrá una valoración máxima de 20 puntos, de acuerdo con el siguiente
desglose:


b.1) Experiencias anteriores en los últimos tres años naturales previos a la correspondiente convocatoria (hasta 5 puntos), aplicando los siguientes subcriterios:



b.1.1) Experiencia en la ejecución de programas de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores/as ocupados/as (hasta 3 puntos) conforme al siguiente
desglose:



— Tres o más años de experiencia: 3 puntos.



— Dos años de experiencia: 2 puntos.



— Un año de experiencia: 1 punto.



— Sin experiencia acreditada: 0 puntos.



b.1.2) Experiencia en la ejecución de acciones de formación dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as (hasta 2 puntos) conforme al siguiente
desglose:



— Más de dos años de experiencia: 2 puntos.



— Uno o dos años de experiencia: 1 punto.



— Sin experiencia acreditada: 0 puntos.



b.2) Calidad de la formación (hasta 15 puntos), aplicando los siguientes subcriterios:



b.2.1) Grado de satisfacción general de los participantes finalizados en los programas de formación promovidos por los Servicios Públicos de Empleo sobre la
base de la última convocatoria con datos consolidados (hasta 6 puntos).



— Puntuación obtenida superior a 3 puntos: 6 puntos.



— Puntuación obtenida entre 2 y 3 puntos: 3 puntos.



— Puntuación obtenida inferior a 2 puntos: 0 puntos.