Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060016)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental integrada al proyecto de explotación porcina, titularidad de Juan Antonio Díaz Díaz, en el término municipal de Magacela, provincia de Badajoz.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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de viabilidad con indicación de los criterios técnicos y metodológicos que deberán adoptarse por el promotor para el correcto desarrollo de la actividad propuesta.
D.3. Medidas en la fase de explotación.
1. Se mantendrán en correcto estado de funcionamiento y operativas todas las instalaciones y dispositivos para cumplir las medidas correctoras incluidas en la presente
declaración.
2. Para el control del programa de gestión de estiércol, la explotación deberá disponer
de un “Libro de Registro de Gestión de Estiércoles” que recoja de forma detallada los
volúmenes extraídos y el destino de cada partida. En el caso de que se eliminen como
abono orgánico se dispondrá, además, de un “Plan de Aplicación Agrícola” de los estiércoles en el que conste, por años, la producción de estiércoles o purines, su contenido
en nitrógeno, así como las parcelas donde se aplica, qué se cultiva y en qué momento
se realizan las aplicaciones. La aplicación agrícola se realizará cumpliendo las siguientes
condiciones:


— La aplicación total de nitrógeno/ha por año será inferior a 80 kg en cultivos de secano y 170 kg en regadío. Para los cálculos se tendrán en cuenta todos los aportes
de nitrógeno en la finca (purines o estiércol procedente de ganado, fertilizantes con
contenido en nitrógeno, etc.).



— Se buscarán los momentos de máximas necesidades de los cultivos. No se harán en
suelos con pendientes superiores al 10 %, ni en suelos inundados o encharcados, ni
antes de regar ni cuando el tiempo sea lluvioso. Se dejará sin abonar una franja de
100 m de ancho alrededor de todos los cursos de agua. No se aplicarán a menos de
300 m de una fuente, pozo o embalse que suministre agua para el consumo humano.
No se aplicará de forma que cause olores u otras molestias a los vecinos. La distancia
mínima para la aplicación del purín sobre el terreno, respecto de núcleos de población será de 1.000 m.

3. Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley 7/2022,
de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
4. Los residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse
y almacenarse conforme a lo establecido en la normativa vigente y normas técnicas de
aplicación. El tiempo máximo para el almacenamiento de residuos peligrosos no superará los seis meses.