Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Emigración. Ayudas. (2024060033)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, para el ejercicio 2024.
14 páginas totales
Página
NÚMERO 9
2100
Viernes 12 de enero de 2024
1. M
enos de 60: 2 puntos.
2. E
ntre 60 y 120: 4 puntos.
3. M
ás de 120: 6 puntos.
4º. P
or la existencia de paridad de hombres y mujeres en la Junta Directiva de la comunidad extremeña (proporción entre los géneros entre el 40 % y el 60 %), de
acuerdo con los datos que consten en Registro de Comunidades Extremeñas en el
Exterior: 6 puntos.
b. C
riterios de valoración aplicables a las federaciones de comunidades extremeñas en el
exterior:
1º. P
or adquisición de primer equipamiento destinado al funcionamiento de la sede en
aquellas Federaciones que hayan sido creadas en los 5 años anteriores a la convocatoria, de acuerdo con los datos de inscripción en el Registro de Comunidades
Extremeñas en el Exterior: 7 puntos.
2º. P
or la adquisición de equipamiento para la incorporación o renovación de nuevas
tecnologías de la información y la comunicación, 6 puntos.
3º. P
or el número de comunidades extremeñas integradas en la federación de acuerdo
con los datos que figuren en el Registro de Comunidades Extremeñas en el Exterior:
1. H
asta 10 comunidades integradas: 2 puntos.
2. E
ntre 11 y 20 comunidades integradas: 4 puntos.
3. M
ás de 20 comunidades integradas: 6 puntos.
4º. Por disponer de página web o ser titular de cuentas en redes sociales, 6 puntos
2. R
ealizada la evaluación, la Comisión de Valoración ordenará las solicitudes de acuerdo con
la puntuación obtenida de más a menos y concretará la cuantía de la ayuda para cada comunidad o federación solicitante de acuerdo con la siguiente fórmula:
CI =
CT x PI
CI: Cuantía individual de la ayuda.
CT: Crédito de la convocatoria.
PI: Puntuación individual obtenida.
PT: Suma de las puntuaciones obtenidas individualmente.
PT
2100
Viernes 12 de enero de 2024
1. M
enos de 60: 2 puntos.
2. E
ntre 60 y 120: 4 puntos.
3. M
ás de 120: 6 puntos.
4º. P
or la existencia de paridad de hombres y mujeres en la Junta Directiva de la comunidad extremeña (proporción entre los géneros entre el 40 % y el 60 %), de
acuerdo con los datos que consten en Registro de Comunidades Extremeñas en el
Exterior: 6 puntos.
b. C
riterios de valoración aplicables a las federaciones de comunidades extremeñas en el
exterior:
1º. P
or adquisición de primer equipamiento destinado al funcionamiento de la sede en
aquellas Federaciones que hayan sido creadas en los 5 años anteriores a la convocatoria, de acuerdo con los datos de inscripción en el Registro de Comunidades
Extremeñas en el Exterior: 7 puntos.
2º. P
or la adquisición de equipamiento para la incorporación o renovación de nuevas
tecnologías de la información y la comunicación, 6 puntos.
3º. P
or el número de comunidades extremeñas integradas en la federación de acuerdo
con los datos que figuren en el Registro de Comunidades Extremeñas en el Exterior:
1. H
asta 10 comunidades integradas: 2 puntos.
2. E
ntre 11 y 20 comunidades integradas: 4 puntos.
3. M
ás de 20 comunidades integradas: 6 puntos.
4º. Por disponer de página web o ser titular de cuentas en redes sociales, 6 puntos
2. R
ealizada la evaluación, la Comisión de Valoración ordenará las solicitudes de acuerdo con
la puntuación obtenida de más a menos y concretará la cuantía de la ayuda para cada comunidad o federación solicitante de acuerdo con la siguiente fórmula:
CI =
CT x PI
CI: Cuantía individual de la ayuda.
CT: Crédito de la convocatoria.
PI: Puntuación individual obtenida.
PT: Suma de las puntuaciones obtenidas individualmente.
PT