Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Emigración. Ayudas. (2024060033)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, para el ejercicio 2024.
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Viernes 12 de enero de 2024

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Declaraciones y Autorizaciones. En otro caso, las entidades solicitantes deberán presentar
las certificaciones acreditativas correspondientes, las cuales tendrán validez durante un
plazo de seis meses, a contar desde la fecha de su expedición.
3. L
 as solicitudes de estas subvenciones se presentarán por medios electrónicos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
4. C
 ada comunidad o federación sólo podrá presentar una única solicitud. En el caso de
que presente varias solicitudes, se tramitará la primera registrada y se inadmitirán las
siguientes.
5. U
 na vez recibida la solicitud, si ésta presentara defectos o resultara incompleta, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe
la documentación que se determine, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá
por desistido de su solicitud, previa resolución expresa del órgano competente.
Séptimo. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión.
1. L
 a Dirección General de Acción Exterior es el órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento y realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para
la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe
formularse la propuesta de resolución, de acuerdo con las competencias establecidas en el
artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 5 del Decreto 231/2023, de 12 de
septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia,
Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura.
2. L
 a Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Dialogo Social es el órgano competente para resolver la concesión de las ayudas, de acuerdo con las competencias
establecidas en el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura. Dicha competencia se encuentra delegada en el
Director General de Acción Exterior en virtud de la Resolución de 3 de octubre de 2023,
de la Secretaría General, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias,
así como la firma de resoluciones y actos, publicada en el DOE n.º 194, de 9 de octubre.
Octavo. Comisión de valoración.
1. P
 ara la valoración de las solicitudes se constituirá una Comisión de Valoración que emitirá
un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada conforme a los
criterios establecidos en las bases reguladoras.